Estimaciones de algunos mobiliarios superan referencias de otros procesos
· hace 1 año
La solicitud estima la mesa de conferencia en RD$1,303,000 y el estante alto con puertas de madera y cristal en RD$220,000 por unidad, frente a medianas de RD$31,000 y RD$15,000 en ítems de otros procesos (estimados, no precios pagados, y con especificaciones que pueden diferir de las de este proceso). El efecto en el gasto fue limitado: la adjudicación final fijó la mesa de conferencia en RD$1,003,590 y el total adjudicado en RD$3,116,814.66, por debajo del estimado de RD$5,515,840.
“Mesa de conferencia … RD$1,303,000.00 … RD$1,303,000.00 … Estante alto con puertas de madera y de cristal … RD$220,000.00 … RD$660,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
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