La Circular de Respuestas No. 01, fechada el 29 de septiembre de 2025, responde consultas sobre la oferta económica, los lotes y el cronograma del proceso DIE-CCC-CP-2025-0014. Establece precios unitarios sin volúmenes definidos de antemano, con trabajos ordenados según necesidad y pagos por cubicaciones hasta el monto del lote; también indica que no se evaluará el tiempo total de ejecución. Sus instrucciones sobre cuántos lotes puede ofertar cada participante contienen afirmaciones incompatibles.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la evaluación de la capacidad de cumplir un plazo total de ejecución..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La circular primero señala que cada oferente puede elegir la cantidad de lotes y luego dice que participa en todos los lotes, sin resolver la contradicción. La ambigüedad puede afectar la preparación de ofertas y la determinación de qué lotes compiten entre sí.
“El numeral 9, de la sección I del pliego de condiciones específicas establece que: Las ofertas deben ser presentadas POR LOTE; el oferente puede participar en la cantidad de lotes que desee y dado que los lotes son idénticos, no será”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Oferta económica y ejecuciónPrecios unitarios, cantidades y pagos por lote
La consulta solicitaba identificar volúmenes por partida y provincia; la circular no consigna cantidades predeterminadas.
Se ofertan precios unitarios sin volúmenes específicos; los trabajos se ordenan según necesidad, se miden al ejecutarse y se pagan por cubicaciones hasta agotar el monto del lote.
Aclara
Sección I, numerales 9 y 12.3 del pliegoParticipación y adjudicación por lotes
La consulta pide identificar qué lote corresponde a cada provincia; la circular cita reglas que indican tanto que se puede participar en la cantidad de lotes deseada como que cada oferente participa en todos los lotes.
Aclara que todos los lotes son iguales y comprenden todas las provincias, pero conserva instrucciones incompatibles sobre la cantidad de lotes en que participa cada oferente; también menciona un máximo excepcional de dos adjudicables.
Aclara
Cronograma de ejecución, numeral 11.1.2Evaluación de la duración del cronograma
La consulta pregunta si importa el tiempo final o la duración total del cronograma; la circular no reproduce una respuesta previa del pliego sobre ese punto.
Indica que no se evalúa el tiempo de ejecución, sino la secuencia lógica, la asignación de recursos y otros aspectos del pliego.
RelajaQuita un control: Reduce la evaluación de la capacidad de cumplir un plazo total de ejecución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona