El certificado de apropiación presupuestaria para el proceso MEPyD-DAF-CM-2025-0037 fue emitido el 25 de septiembre de 2025 por RD$1,840,000.00, para servicios de organización y tratamiento archivístico. Según el portal, el contrato posterior con Ticomsys, SRL fue de RD$2,737,500, es decir, RD$897,500 por encima del monto certificado en este documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (18 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El certificado fija RD$1,840,000.00, mientras que el portal registra posteriormente un contrato por RD$2,737,500 y pagos por ese mismo monto: una diferencia de RD$897,500. El portal también registra una oferta de RD$1,825,000; corresponde verificar el sustento presupuestario y documental del monto contractual posterior, pues podría existir otra certificación que no está incluida aquí.
“MONTO DEL PROCESO … 1,840,000.00” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La institución adjudicó RD$2.7 millones, un 49 % más que los RD$1.8 millones de la certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso (el monto estimado era RD$1.8 millones). La certificación hace constar el monto total del egreso previsto y se publica con la convocatoria. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona