La solicitud DAF-2025-0303 requiere contratar una empresa para ampliar el edificio del IDEICE, por una unidad y con un monto total de RD$37,400,000.00. Desglosa RD$31,694,915.25 de subtotal y RD$5,705,084.75 de ITBIS; indica que la compra está planificada y lleva fecha de firma 2025-09-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud dice que la compra está planificada. El PACC 2025 publicado el 2025-10-10 registra un renglón de renovación de edificios por RD$37,400,000 con Licitación Pública Nacional, mientras el portal identifica este proceso como Comparación de Precios. El renglón del PACC podría corresponder a otro requerimiento; conviene verificar la correspondencia y la planificación aplicable.
“Rubro: OBRA PARA EDIFICACIÓN NO RESIDENCIAL Planificada: Sí”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 63 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…
La solicitud corresponde al proceso IDEICE-CCC-CP-2025-0005, que fue cancelado el 2025-10-13; el portal registra otro proceso, IDEICE-CCC-CP-2025-0006, con el mismo objeto y estimado de RD$37,400,000, publicado el 2025-10-14 y adjudicado. Conviene verificar que el segundo procedimiento responda al mismo alcance y revisar cómo se gestionó la continuidad tras la cancelación.
“37,400,000.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 24 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 24
ART. 24. Toda entidad contratante podrá cancelar o declarar desierto un proceso de compra o contratación mediante el dictado de un acto administrativo, antes de la adjudicación, siempre y cuando existan informes de carácter legal y técnico debidamente justificados. PÁRRAFO I. En el evento de declaratoria de desierto un proceso, la entidad podrá reabrirlo, en la misma forma que lo hizo con el primero, dando un plazo de propuestas que puede ser de hasta un cincuenta por ciento (50%) del plazo del proceso fallido, al cual pueden acudir los proponentes que adquirieron los pliegos de condiciones sin volver a pagarlos. PÁRRAFO II. Si en la reapertura, se produjese una segunda declaratoria de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona