El acta CCC/082/2025, fechada el 22 de septiembre de 2025, aprueba provisionalmente el uso de subasta inversa y el pliego para adquirir materiales para estufas industriales, sujeto a que se emita la certificación definitiva de apropiación presupuestaria. También designa peritos para evaluar las ofertas. El portal identifica el proceso convocado el 23 de septiembre como comparación de precios, por lo que existe una discrepancia entre la modalidad aprobada en el acta y la registrada para el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba subasta inversa, mientras que el portal registra el proceso como comparación de precios. Son modalidades con reglas de competencia y evaluación distintas; corresponde verificar cuál rigió efectivamente la convocatoria y el procedimiento.
“PRIMERO: APROBAR PROVISIONALMENTE que el procedimiento de subasta inversa sea el que rija para la ADQUISICION DE MATERIALES PARA ESTUFA INDUSTRIALES, hasta tanto sea emitida la certificación de disponibilidad de apropiación presupuestaria…” (pág. 3)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 37 · Reglamento 416-23, art. 43 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 37 — Procedimientos de selección ordinarios
Artículo 37. Procedimientos de selección ordinarios. Los procedimientos de selección ordinarios a los que se sujetarán las compras y contrataciones son licitación pública, que podrá ser nacional o internacional de conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones; licitación restringida, sorteo de obras, comparación de precios, subasta inversa y compras menores, según corresponda a las condiciones establecidas en el artículo 17 de la misma ley.
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
La designación utiliza «y/o» entre dos técnicos sin precisar si ambos quedan nombrados o cuál de ellos evaluará las ofertas. La ambigüedad puede dificultar la trazabilidad de quién participó en la evaluación.
“TERCERO: DESIGNA como peritos a los señores; Divina de los Santos Cancer, Analista Financiera, Joaquín Gerda, Abogado de la División Jurídica y Félix Bienvenido De La Cruz y/o Esteban Pichardo Técnicos del Dpto. de Servicios Generales…” (pág. 3)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona