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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES GINNACIO CP-2025-0004 final.pdf

ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE GIMNASIO, PARA SER UTILIZADOS EN EL GIMNASIO DE ESTE 1ER. REGIMIENTO DOMINICANO GUARDIA PRESIDENCIAL, ERD. · 1er. Regimiento Dominicano Guardia Presidencial, ERD.

Publicado el 23 sept de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso RDGP-CCC-CP-2025-0004

Lo que dice

El pliego del proceso RDGP-CCC-CP-2025-0004 establece la adquisición de equipos de gimnasio por un presupuesto estimado de RD$5,613,934.96, mediante comparación de precios, con adjudicación basada en el menor precio entre las ofertas técnicamente conformes. Exige ofertar todos los ítems y dispone su entrega en cinco días hábiles desde la certificación del contrato por la Contraloría. El cronograma fija la recepción para el 02/10/2025, pero otra sección señala como límite el 01/10/2025; el portal registra un contrato para JHG Multi Service, SRL por RD$5,613,935.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

El pliego exige que la oferta iguale el presupuesto estimado

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

La regla exige que el monto ofertado sea igual al estimado, pese a que el propio pliego establece adjudicar por menor precio. El portal registra un contrato de RD$5,613,935 frente al estimado de RD$5,613,934.96; la diferencia de cuatro centavos se explica por redondeo, pero la condición podría impedir que el precio compita como variable.

“Este formulario debe contener el monto de la oferta, el cual debe ser igual al monto estimado de la contratación.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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A revisarHallazgo en documentos

Fechas contradictorias para el cierre de ofertas

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El cronograma fija el cierre el 02/10/2025, mientras que la sección de recepción indica el 01/10/2025. La discrepancia puede afectar la preparación y recepción de ofertas si los participantes aplican fechas distintas; el portal registra el cierre el 02/10/2025.

“Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el 01/10/2025 a las 10:00 AM como se establece en el cronograma de actividades. … hasta el 02/10/2025 a las 11:00 am”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 100 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 100 — Convocatoria en las comparaciones de precios

Artículo 100. Convocatoria en las comparaciones de precios. La convocatoria a presentar ofertas en un procedimiento por comparación de precios deberá: 1. Publicarse en el SECP y en el portal institucional. 2. Publicarse con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la publicación y sin considerar dentro del plazo el día de la recepción de ofertas.

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A revisarHallazgo en documentos

Entrega en cinco días para equipos especializados

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El plazo máximo de cinco días hábiles comienza con la certificación del contrato por la Contraloría y se aplica a todos los bienes, entre ellos máquinas y equipos con características técnicas detalladas. Puede favorecer a proveedores que ya tengan la totalidad del inventario disponible; conviene verificar si el plazo es viable para el mercado y las condiciones de suministro.

“Mientras que los bienes, deben ser entregado en un periodo no mayor a 5 días hábiles a partir de la emisión de certificación de contrato de la Contraloría General de la Rep. Dom.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Se obliga a ofertar todos los ítems sin lotes

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El pliego advierte que solo se aceptarán ofertas por la totalidad de los ítems, que comprenden máquinas, bancos, discos y barras. Al no dividir la compra en lotes, excluye a quienes puedan suministrar solo parte de esos bienes; conviene verificar la justificación técnica y de mercado de exigir un proveedor único para toda la variedad.

“Nota: los oferentes participantes en este proceso deberán oferta en todos los ítems para una correcta evaluación de no ser así quedará descalificada sin más trámite.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 88 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 88 — División en renglones o lotificación

Artículo 88. División en renglones o lotificación. En los casos en que una misma convocatoria abarque un número importante de unidades del mismo bien, servicio u obra, podrá distribuirse la cantidad total en diferentes renglones o lotes.

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A revisarHallazgo en documentos

Especificación de discos con una característica patentada

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

Para los discos se exige el diseño patentado EZ-Grip y no se indica que se acepte un equivalente. Esa condición puede limitar las marcas o productos admisibles; corresponde verificar si la característica es necesaria y si existen alternativas comparables en el mercado.

“De poliuretano, con diseño patentado, con diseño patentado EZ-Grip, revestido de poliuretano, fundido de alta calidad.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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ContextoHallazgo en documentos

Años fiscales fijados en vez de los dos ejercicios más recientes

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

El pliego solicita en una parte los dos últimos ejercicios consecutivos, pero la tabla de evaluación especifica los años fiscales 2022 y 2023 para un proceso convocado en 2025. La diferencia puede reducir la actualidad de la información usada para verificar la capacidad financiera; corresponde aclarar cuál período regía la evaluación.

“Declaración Jurada de Impuestos Sobre la Renta de los últimos dos (02) periodos fiscales año 2022 y 2023.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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ContextoHallazgo en documentos

Referencia a experiencia en combustibles dentro de la evaluación técnica

Documento del 23 sept 2025 · hace 1 año

Una tabla de evaluación menciona experiencia en suministro de combustibles, aunque el objeto del procedimiento es adquirir equipos de gimnasio y el pliego requiere en otra sección experiencia en estos equipos. La inconsistencia puede generar dudas sobre el criterio aplicado a la habilitación técnica.

“Resumen de Experiencia de la empresa en el suministro de combustibles (Experiencia de dos (02) años mínimos)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
JHG Multi Service, SRLEl portal registra un contrato activo y confirmado por RD$5,613,935; el texto del pliego no nombra al proveedor.Adjudicado—RD$5,613,935

Otros documentos del proceso (19)

  • ACTO QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO FINAL.pdfInforme pericial · 23 sept de 2025 · 1 señal
  • compromiso-etico-de-proveedores (1).docxDocumento · 23 sept de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfPliego · 23 sept de 2025 · 1 señal
  • Formulario de Entendimiento del Codigo de Etica (1).docxDocumento · 23 sept de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 23 sept de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (3).docxDocumento · 23 sept de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (1).docxDocumento · 23 sept de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 23 sept de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 23 sept de 2025 · 1 señal
  • Contrato ejecucion de bienes.docxContrato · 23 sept de 2025
  • ACTO QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO FINAL.pdfPliego · 23 sept de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Resolución de Adjudicación No. 004-.pdfActa de adjudicación · 24 oct de 2025
  • ACTA NOTARIAL SOBRE A_001.pdfActa · —
  • ACTO QUE APRUEBA EL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION OFERTA TECN.pdfInforme de evaluación · —
  • ACTO QUE APRUEBA EL INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION OFERTA TECN.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION OFERTA TECNICA.pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE VALUACION Y RECOMENDACION ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • INFORME DE VALUACION Y RECOMENDACION ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —