La Resolución núm. CCC-20250142, de fecha 2025-09-10, aprueba el procedimiento de comparación de precios para contratar servicios oftalmológicos, con un presupuesto estimado de RD$5,600,000. También aprueba el pliego, designa a los peritos y ordena convocar y publicar la resolución.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta de inicio fija un presupuesto de RD$5,600,000 y consigna el máximo de RD$5,644,812.75 para servicios por comparación de precios en 2025 (Resolución PNP-01-2025). La adjudicación fue de RD$5,418,000, dentro del tope, pero el portal registra un contrato de RD$7,585,000 marcado como modificado, cifra que coincide con la suma de las cuotas SIGEF (RD$1,083,600 + RD$6,501,400) y supera en ~34% el máximo de la modalidad; corresponde verificar si el incremento proviene de una modificación contractual motivada y con apropiación que la respalde.
“Que el monto presupuestado para llevar a cabo la adquisición objeto de la presente resolución asciende a la suma de cinco millones seiscientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$5,600,000.00 … Que, con base al monto presupuestado y los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
El documento aprueba servicios oftalmológicos y el portal identifica a Mas Servicios Integrales Maserinte, SRL como contratista; según el dato de DGII consultado el 2026-09-27, su actividad es asesoramiento, dirección y gestión empresarial. Ese dato es posterior al proceso y no demuestra cuál era su actividad al ofertar; conviene verificar su capacidad para prestar el servicio y quién ejecutó efectivamente las prestaciones.
“PRIMERO: APROBAR la realización del procedimiento por Comparación de Precios para la ”Contratación de servicios oftalmológicas para ser utilizadas en las jornadas de inclusión smal ¡¡ mvel nacxonal”.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona