El informe definitivo de evaluación técnica, fechado el 18 de septiembre de 2025, habilita a Editorial Arianna, Publicom y Genius Print Graphic para la evaluación económica, y determina que los otros cinco oferentes no cumplen. El monto estimado del proceso fue RD$5,550,956; para bienes en 2025, ese monto está dentro del rango de Comparación de Precios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe constata que una carta de referencia identifica como prestadora a J Jayd Group, S.R.L., y que otras dos cartas, aunque de empresas distintas, son idénticas y están firmadas por el mismo gerente. Esto amerita verificar la autenticidad y pertinencia de los documentos usados para acreditar referencias y experiencia; el informe concluye que Paula no cumple.
“En la carta de CONACOOP, dice que el servicio lo ofreció la empresa J Jayd Group, S.R.L. La segunda y tercera Carta esta, son empresas diferentes, pero son idénticas y está firmada por el mismo gerente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Multiservicios Paula, S.R.L.No cumplió los requisitos legales ni técnicos: entre otros, no acreditó debidamente la representación y la experiencia, y algunas cartas de referencia correspondían a otra empresa o eran idénticas.
No habilitado
Proceso completo
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Editorial Arianna, S.R.L.El informe concluye que cumple con la documentación legal, financiera y técnica.
Habilitado
Proceso completo
RD$4,427,360
Rey Publicidad, S.R.L.El acta de asamblea presentada no indicaba potestad para firmar contratos a nombre de la sociedad; el informe concluye que no cumple la documentación legal.
No habilitado
Proceso completo
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Ronny Publicidad, S.R.L.No cumplió requisitos legales, financieros y técnicos; el informe consigna, entre otros, formulario incompleto, referencias vencidas, falta de IR-2 de 2023, ausencia de evidencia de experiencia y de muestras.
No habilitado
Proceso completo
RD$4,529,430
Alcapo Designer, S.R.L.Presentó la documentación de subsanación fuera de plazo y no entregó muestra.
No habilitado
Proceso completo
RD$5,296,100
Publicom, S.R.L.El informe concluye que cumple con la documentación legal, financiera y técnica.
RDK Entertainment, S.R.L.No presentó la documentación solicitada en subsanación; el informe concluye que no cumple los requisitos legales, financieros y técnicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona