El Acta No. 085/2025, de fecha 2025-09-16, adjudica al Consorcio Guzmán Morel la obra de adecuación del río Yásica por RD$32,813,162.78, tras recomendar la habilitación técnica de tres oferentes. El acta consigna que el adjudicatario cumplió el pliego y presentó el menor precio; el portal registra el contrato por RD$32,813,163, diferencia compatible con el redondeo al peso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra el contrato del Consorcio Guzmán Morel con fecha 2025-09-15, mientras que el acta que formaliza la adjudicación está fechada 2025-09-16. Conviene verificar la fecha efectiva de suscripción y la secuencia de notificación y formalización; la fecha del portal podría corresponder a un registro y no necesariamente a la firma.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025), siendo las cuatro horas de la tarde (04:00 p.m.), se reunier”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta identifica como oferente habilitado a Constructora Ing. German A. Caraballo A. & Asociados y no incluye a Constructora Gacasa; el portal registra a Gacasa entre las ofertas y no muestra a Caraballo. La discrepancia debe verificarse porque afecta la trazabilidad de quién participó y quién fue evaluado.
“Para este proceso se inscribieron diez (1 O) oferentes: l. MERSACONS, S.R.L.; 2. CONSTRUCTORA ING. GERMAN A. CARABALLO A. & ASOCIADOS, S.R.L.; 3. ALQUICON INGENIERIA Y SERVICIOS, S.R.L.; 4. CONSTRUCTORA RODI, S.R.L.; 5. CORPORACION INTERNAC”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Consorcio Guzmán Morel
El acta consigna que cumplió los requisitos del pliego y ofertó el menor precio.
Adjudicado
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RD$32,813,163
Constructora Gacasa, S.R.L.El portal registra una oferta cargada y pendiente, pero el acta no la incluye en su relación de diez oferentes ni identifica su evaluación.