El acto, fechado el 27 de agosto de 2025, aprueba la evaluación económica y adjudica RD$2,368,514.10 a CECOMSA, S.R.L. Sin embargo, identifica como objeto una renovación de garantía de almacenamiento Unity mediante comparación de precios, no el mantenimiento de aires acondicionados de la licitación pública indicada en el proceso. Además, los importes atribuidos a las ofertas en el cuadro económico no coinciden con el monto que el acto adjudica a CECOMSA.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso indicado es la licitación pública EDEESTE-CCC-LPN-2025-0011 para mantenimiento de aires acondicionados; el acto identifica una comparación de precios EDEESTE-CCC-CP-2025-0011 para renovar una garantía de almacenamiento Unity y adjudica a CECOMSA. El contraste con el objeto del proceso y los registros del portal requiere verificar que este acto sea el documento de adjudicación correspondiente.
“ACTO ADMINISTRATIVO DE CONOCIMIENTO DE PROPUESTAS ECONÓMICAS Y QUE APRUEBA EL INFORME DEFINITIVO EVALUACIÓN OFERTAS ECONÓMICAS Y APROBACIÓN DE ADJUDICACIÓN DEL PROCESO DE COMPARACIÓN DE PRECIOS NÚM. “EDEESTE-CCC-CP-2025-0011 – RENOVACIÓN EX”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El cuadro económico atribuye RD$2,368,514.10 a ITCORP y RD$3,597,649.96 a CECOMSA, pero la recomendación y la resolución adjudican a CECOMSA RD$2,368,514.10. La diferencia afecta la identificación del precio ofertado por la adjudicataria y el importe adjudicado; conviene cotejar el acta con las ofertas originales y el informe económico.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CECOMSA, S.R.L.El acto la adjudica por ser la oferta que declara conforme y de mejor precio; el cuadro económico, no obstante, le atribuye RD$3,597,649.96.
Adjudicado
Renovación de extensión garantía Unity (almacenamiento)
RD$2,368,514
ITCORP GONGLOSS, S.R.L.El acto registra su participación y le atribuye RD$2,368,514.10 en el cuadro económico; no consigna expresamente su posición final.
Mencionado
Renovación de extensión garantía Unity (almacenamiento)
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona