Apropiación inicial frente a contratación plurianual
· hace 1 año
La resolución consigna RD$150,837,073.26 de apropiación para 2025 y señala que el restante se programaría para 2026-2028, frente a una inversión estimada total de RD$7,541,853,662.80. Conviene contrastar la apropiación con el calendario de pagos y compromisos de cada ejercicio: el artículo 69 exige saldo suficiente para cubrir el monto total que se pagará durante el año, pero esta resolución no detalla esos importes anuales.
“la apropiación presupuestaria del presente proceso será generada automáticamente por dicho sistema con el respaldo de la Dirección Financiera de la institución, por un monto de CIENTO CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETEN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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