El acta, fechada el 11 de septiembre de 2025, aprueba y autoriza la solicitud del proceso CORAASAN-CCC-PEPB-2025-0006 tras indicar que cuenta con apropiación presupuestaria. Consigna un monto estimado de RD$6,947,396.00 y señala como área requirente el Departamento de Tratamiento de Aguas Residuales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna RD$6,947,396.00, mientras que el portal registra un monto estimado de RD$6,947,960, una diferencia de RD$564. Conviene verificar cuál cifra sustenta la apropiación y la estimación del proceso.
“Monto estimado 1 | CORAASAN-CCC-PEPB-2025-0006 | Contratación de publicidad a través de medios de comunicación social | Dpto. De tratamiento de aguas residuales | $ 6,947,396.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El acta identifica al Departamento de Tratamiento de Aguas Residuales como área requirente, mientras que la ficha del portal señala al Departamento de Comunicaciones. La diferencia merece verificarse para confirmar la identificación y trazabilidad de la necesidad de contratar publicidad.
“Área Requirente | Monto estimado 1 | CORAASAN-CCC-PEPB-2025-0006 | Contratación de publicidad a través de medios de comunicación social | Dpto. De tratamiento de aguas residuales”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 65 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 65 — Solicitud de compra o contratación
Artículo 65. Solicitud de compra o contratación. Las unidades requirentes deberán formular sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en el plazo que para el efecto establezca a lo interno cada ente y órgano contratante. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá formalizar la solicitud de compras, la cual deberá contener el listado de los bienes, servicios y obras requeridos, junto al precio estimado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona