El Comité de Compras y Contrataciones aprobó el 17 de septiembre de 2025 el pliego del proceso PASAPORTES-CCC-CP-2025-0007 para adquirir licencias informáticas y ordenó publicarlo y realizar la convocatoria e invitaciones. El acta identifica a tres peritos y dispone la publicación institucional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
De los tres peritos identificados, solo uno figura con un cargo de soporte técnico en Tecnología; los otros aparecen como responsables de Tesorería y Litigios. Los cargos consignados justifican verificar si el equipo contaba con competencia y conocimiento del mercado suficientes para elaborar y evaluar especificaciones de licencias informáticas.
“la Licda. Claudia Colon, Encargada de la División de Tesorería; al Sr. Geovanny Emmanuel Sánchez Sánchez, Soporte Técnico de la Sección de Tecnología; y al Licdo. José Bladimir Paulino Lima, Encargado División de Litigios” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
El acta aprueba el pliego como base obligatoria para presentar ofertas. En otros documentos del proceso ya se registraron especificaciones con marcas y modelos, una condición ajena al objeto y la agrupación obligatoria de soluciones heterogéneas; esta aprobación formaliza esas reglas y amerita revisar su compatibilidad con la competencia y la descripción objetiva del objeto.
“PRIMERO: APROBAR, como al efecto APRUEBA, el Pliego de Condiciones Específicas, elaborado por los peritos designados” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona