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Pliego

PLIEGO CONDICIONES TICKETS COMBUSTIBLE .pdf

CONTRATACION PARA LA EMISION DE TICKETS DE COMBUSTIBLE PARA USO DEL SERVICIO REGIONAL DE SALUD OZAMA (SRSO) · Servicio Regional de Salud Ozama

Publicado el 17 sept de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SRSO-CCC-CP-2025-0013

Lo que dice

El pliego de septiembre de 2025 establece las condiciones de una comparación de precios para emitir tickets de gasolina y diésel, con valor referencial de RD$5,600,000 y adjudicación por lote único. Exige, entre otros requisitos, cobertura de estaciones en cuatro zonas del Gran Santo Domingo y establece como criterio económico el mayor descuento, aunque otra sección también menciona el menor precio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Dos ofertas registradas por el valor referencial exacto

Documento del 17 sept 2025 · hace 1 año

Según los datos del portal, Next Dominicana y ECO PETROLEO registran cada una una oferta de RD$5,600,000, igual al valor referencial y al valor nominal total de los tickets. La igualdad merece verificarse junto con el descuento ofertado, aunque el importe puede corresponder al valor facial fijo de los tickets y no demostrar por sí solo coordinación.

“El valor referencial para esta compra asciende a CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,600,000.00), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien a adquirir, valor”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Dedicación exclusiva exigida a los oferentes

Documento del 17 sept 2025 · hace 1 año

El pliego condiciona la participación a que las empresas se dediquen exclusivamente a esta actividad comercial. La condición podría excluir a empresas con capacidad para suministrar combustible y tickets, pero con otras actividades; conviene verificar su justificación y efecto sobre la concurrencia.

“NOTA: Para garantizar la calidad de este proceso las empresas deben ser exclusivamente dedicadas a esta actividad comercial.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Criterio económico descrito de forma contradictoria

Documento del 17 sept 2025 · hace 1 año

La sección 12.2 menciona el menor precio, pero su tabla y la sección 12.3 establecen el mayor descuento. La divergencia puede afectar la comparación y la identificación de la oferta más conveniente; debe verificarse qué regla aplicaría la evaluación.

“Sin embargo, en la fase de adjudicación, se decidirá al adjudicatario analizando la oferta económica bajo el criterio de “MENOR PRECIO”, siempre que el/los Oferentes cumplan con los criterios de evaluación requeridos en el presente pliego d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Acumulación de requisitos técnicos potencialmente restrictivos

Documento del 17 sept 2025 · hace 1 año

Además de tres referencias comerciales y experiencia superior a cinco años a nivel nacional, el pliego exige certificaciones de INDOCAL y de responsabilidad social y medio ambiente, sin precisar cuáles ni cómo se vinculan con la entrega de tickets. La combinación puede restringir la concurrencia y merece revisión de proporcionalidad respecto del objeto.

“Tres (3) referencias comerciales de su cartera de clientes que tenga o hayan tenido este servicio con el oferente proponente. … Certificaciones emitidas por el Instituto Dominicano para la Calidad INDOCAL. … Certificaciones sobre Responsabi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

ContextoHallazgo en documentos

Cobertura territorial obligatoria en cuatro zonas

Documento del 17 sept 2025 · hace 1 año

Se exige al menos una estación en cada una de cuatro zonas del Gran Santo Domingo; Monte Plata es opcional. La cobertura puede responder a una necesidad de canje, pero limita la elegibilidad de proveedores que no tengan presencia en todas esas zonas y conviene verificar su justificación técnica y el efecto en la competencia.

“Especificaciones Técnicas: El oferente debe tener mínimo una (1) estación de combustible en las siguientes áreas geográficas del territorio Nacional: … Distrito Nacional … Santo Domingo Este … Santo Domingo Oeste … Santo Domingo Norte”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Oferentes que registra (2)

1 adjudicado · 1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Next Dominicana, SAEl portal registra un contrato celebrado por RD$5,600,000.AdjudicadoLote únicoRD$5,600,000
ECO PETROLEO DOMINICANA, S.A.El portal registra una oferta por RD$5,600,000; no se consigna aquí su resultado de evaluación.MencionadoLote únicoRD$5,600,000

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  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 17 sept de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • CERTIFICACION CONTRATO.pdfContrato · —
  • CONTRATO NO SRSO-2025-00281 NEXT.pdfContrato · —
  • GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO NEXT.pdfDocumento · —
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  • Informe final del portalDocumento · —