La Resolución de Adjudicación No. CCC-2025-07, de fecha 2025-09-12, adjudica a Ceremo, SRL los 22 renglones de equipos médicos del proceso DGIMFFAA-CCC-CP-2025-0007 por RD$5,376,074.10. Registra que Ceremo y Hospifar fueron habilitadas para la apertura económica, mientras que Veras Agramonte Investments fue deshabilitada por falta de documentos no subsanables. La adjudicación establece un plazo de entrega de diez días desde la suscripción del contrato y el registro correspondiente ante la Contraloría.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (7 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La suma de los subtotales de los 22 ítems (RD$4,614,066.50) y de los ITBIS consignados (RD$820,079.10) da RD$5,434,145.60, RD$58,071.50 por encima del total adjudicado de RD$5,376,074.10. Conviene verificar la suma, los impuestos por renglón y el monto contractual, pues el acta no explica la diferencia.
“TOTAL A ADJUDICAR A CEREMO, SRL: CINCO MILLONES TRESCIENTO SETENTA Y SEIS MIL SETANTA Y CUATRO PESOS CON 10/100 (RD$5,376, 074.10).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 129 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta recoge la recomendación de habilitar a Ceremo y Hospifar para la apertura económica y también reproduce una cláusula aplicable si existe un solo proveedor habilitado; finalmente adjudica todos los ítems a Ceremo. El documento no aclara si esa cláusula sustentó la decisión ni cómo se compararon las ofertas de los dos habilitados, por lo que procede verificar el informe económico y el reporte de lugares ocupados.
“recomiendan que sean habilitada las empresas: CEREMO, SRL RNC; Hospifar, SRL, RNC: RNC, para la apertura de las ofertas económicas, ya que las mismas lograron sobrepasar las evaluaciones técnicas correspondientes… ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica a Ceremo por RD$5,376,074.10. Según el historial aportado, Ceremo tuvo dos contratos con esta institución por RD$76,607,960 en los 24 meses previos; este contexto merece seguimiento de la concentración de adjudicaciones, sin que por sí solo permita inferir una irregularidad.
“SEGUNDO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa CEREMO, SRL RNC, los bienes detallados más abajo”
Ceremo, SRLAdjudicada para los bienes detallados en los 22 ítems.
Adjudicado
—
RD$5,376,074
Hospifar, SRLLos peritos recomendaron habilitarla para la apertura de la oferta económica por superar la evaluación técnica.
Habilitado
—
RD$125,232
Veras Agramonte Investments, SRLLos peritos recomendaron deshabilitarla por no superar la evaluación técnica y faltar documentos de carácter no subsanable.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona