El pliego del proceso DIE-CCC-CP-2025-0012 convoca una comparación de precios para demoler estructuras, limpiar y retirar escombros en terrenos de Induspapel, dirigida exclusivamente a MIPYMES. El texto fija un lote único, un presupuesto base de RD$30,443,322.23 y un plazo de ejecución no mayor de dos meses; según el contexto del expediente, la Enmienda No. 2 elevó después el presupuesto a RD$57,768,331.97 y las especificaciones técnicas establecieron 90 días calendario. El documento también establece requisitos de elegibilidad, evaluación técnica y financiera, garantía y penalidades contractuales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego condiciona la participación a no haber cedido contratos anteriores ni incurrido en incumplimientos con el Estado y limita a un contrato activo a ciertos contratistas de DIE/MINERD. Además, deja a discreción de la DIE aceptar casos de obras paralizadas, sin que en estos requisitos se delimite cómo se ponderan la gravedad, vigencia o relación de los antecedentes con la capacidad actual del oferente; esto puede restringir la competencia por motivos ajenos a la evaluación de la oferta de este proceso.
“4) En caso de ser contratista de obras de construcción, reparaciones o remodelaciones de la Dirección de Infraestructura Escolar (DIE) y/o del MINERD, no deberá contar con más de un (01) contrato activo y vigente al momento de la evaluación”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige cronograma en formato Microsoft Project .mpp, en soporte físico y digital, y lo califica como no subsanable. Exigir un formato propietario específico, además de la información del cronograma, puede crear una barrera de participación para oferentes que podrían presentar la programación en formatos funcionalmente equivalentes.
“Cronograma Ejecución de Obra con Recursos Nivelados. (No Subsanable) … Debe ser realizado en Formato mpp.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego prevé una penalidad del 10 % del trabajo no ejecutado en cada revisión quincenal y otra del 1 % diario sobre el monto pendiente de ejecución de una orden. No especifica en estos pasajes si ambas penalidades pueden acumularse ni un límite máximo; conviene verificar cómo se aplicaría el cálculo y su efecto sobre pagos y obligaciones contractuales.
“En caso de que el EV sea inferior al PV, se aplicará una penalidad equivalente al diez por ciento (10%) del valor del trabajo no ejecutado (PV - EV) en ese período. Esta penalidad será deducida de los pagos subsiguientes conforme a las cubi”
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Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego fija una duración máxima de dos meses, mientras que el resumen de las especificaciones técnicas del expediente indica 90 días calendario. La diferencia afecta la preparación del cronograma, la asignación de recursos y la evaluación de cumplimiento; debe confirmarse cuál plazo rige en los documentos aplicables.
“Los trabajos se ejecutarán a lo largo de un período no mayor a dos (2) meses, contados a partir de la entrega del anticipo, conforme a los plazos establecidos en los Pliegos y en los Planes de Trabajo que sean presentados por el contratista”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El numeral 12.2 del pliego permite rechazar una oferta como no sustentable si el 15% o más de sus precios unitarios están más de 10% por debajo de los precios unitarios referenciales de la DIE, previo agotamiento del procedimiento de la Resolución PNP-04-2024. El pliego remite esa lista de referencia al «anexo 4», que su propio índice define como «Planos», y consigna que los análisis de costos del presupuesto están publicados en el portal; conviene verificar dónde quedó publicada la lista de precios referenciales y su coherencia con el presupuesto base.
“El 15% o más de la totalidad de los precios unitarios ofertados se encuentran por debajo de un porcentaje mayor al 10% de los precios unitarios referenciales de la Dirección de … Infraestructura Escolar (DIE),ver anexo 4 cuyo listado de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona