El pliego establece las condiciones de la comparación de precios DGAP-CCC-CP-2025-0037, dirigida a MIPYMES, para readecuar el techo del muelle de Puerto Plata; el portal registra un monto estimado de RD$5,205,744 y convocatoria el 16/09/2025. Fija recepción de ofertas para el 02/10/2025 y un máximo de 25 días calendario para ejecutar los trabajos. La adjudicación se decidirá por el importe total a favor de la oferta de menor precio que cumpla los requisitos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para una obra estimada en RD$5,205,744, el pliego exige al menos cinco trabajos similares en los últimos cinco años, experiencia del personal principal de cinco años —dos en este tipo de obra— y formación de postgrado en gestión de proyectos o similar. También pide estados financieros auditados y líneas de crédito por al menos 10% de la certificación presupuestaria. El manejo de asbesto puede justificar requisitos especializados, pero conviene verificar que el conjunto sea proporcional al alcance y no limite innecesariamente la participación de MIPYMES.
“Certificaciones de experiencia o contratos de trabajos similares de los últimos 5 años, lo cual debe contener, como mínimo: nombre de la institución contratante, el Contratista, el objeto de la obra, las fechas de inicio y finalización, la ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La garantía aparece como subsanable en la documentación económica y se prevé su subsanación en una sección específica, pero la tabla de evaluación económica la califica como no subsanable. La contradicción puede dar lugar a tratamientos distintos de ofertas; además, el artículo 198 del Reglamento permite corregir errores materiales o de moneda dentro del plazo establecido.
“4) Garantía de la Seriedad de la Oferta. Con los requisitos y condiciones establecidos en el numeral 10.2 punto D sección I del presente pliego de condiciones. [Subsanable]. … Garantía de la Seriedad de la Oferta. Correspondiente a Garantía”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 198 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona