Los términos de referencia del proceso ERD-CCC-CP-2025-0011 describen el mantenimiento preventivo de 24 buggys del Ejército de República Dominicana, a nivel nacional, durante ocho meses, e incluyen tareas, materiales y ubicaciones. Exigen una visita de inspección y certificación antes de ofertar, además de una garantía de 12 meses para los materiales sustituidos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El TDR exige inspeccionar las unidades en sus ubicaciones y entregar una certificación firmada por personal del ERD. Según el cronograma del portal, entre la convocatoria del 15/09/2025 y el cierre del 23/09/2025 hubo cinco días hábiles; si la visita comprende las 24 unidades distribuidas en varias provincias, el requisito puede elevar considerablemente el costo y la dificultad de participar.
“Los oferentes deberán estimar que, para cumplir con los objetivos del servicio requerido, deberán previamente realizar una visita de inspección a las unidades del ERD. en donde serán realizados los mantenimientos a nivel nacional, luego de ”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El TDR incluye una lista extensa de materiales, pero dispone que el adjudicatario evalúe las unidades y prepare después un presupuesto para aprobación del supervisor. Conviene verificar cómo se concilia ese presupuesto con el precio adjudicado y cómo se controlan las cantidades y materiales autorizados; podría tratarse únicamente de una programación operativa incluida en el monto fijo.
“Para brindar el servicio de mantenimiento descrito, el oferente que resulte adjudicado deberá evaluar la unidad, elaborar un presupuesto que incluya todos los fluidos y materiales necesarios, a fin de ser suministrado al personal designado ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El TDR califica como confidenciales las especificaciones y prohíbe que oferentes o su personal las divulguen. Conviene verificar el alcance de esa restricción, pues puede limitar que los participantes consulten o compartan información del proceso, aunque el documento también esté disponible en el portal.
“Las informaciones y especificaciones técnicas descritas en el presente documento son de uso confidencial, con la finalidad de que los oferentes/proponentes puedan preparar sus propuestas. Las mismas no podrán ser divulgadas o publicadas por”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 14 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 14 — Acceso a los expedientes de compras y contrataciones
Artículo 14. Acceso a los expedientes de compras y contrataciones. Todo interesado tendrá derecho a acceder a los expedientes de compras y contrataciones a través de los medios que al efecto se establezca, salvo la reserva que sea declarada confidencial, como mecanismo para garantizar de forma efectiva y directa el control social previsto en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona