El Acta núm. 23-3/2025, de 2025-09-08, declara desierta la Licitación Pública Nacional MINERD-CCC-LPN-2025-0035. El acta consigna que Grupo Remi, SRL era el único oferente y que cargó la oferta económica en la documentación del Sobre A; según el portal, el monto estimado era RD$13,270,899.80 y la oferta registrada fue de RD$3,405,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica a Grupo Remi, SRL como el único participante y declara desierto el procedimiento. La falta de competencia efectiva merece revisión del alcance de la convocatoria y del mercado; por sí sola no demuestra una irregularidad. Según el portal, el monto estimado era RD$13,270,899.80.
“al momento de llevar a cabo la apertura de la oferta técnica (Sobre A), del único oferente participante en el proceso de Licitación Pública Nacional”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta registra que el único oferente cargó la oferta económica en la documentación del Sobre A, y luego declara desierto el proceso al no haber oferentes habilitados para la apertura económica. La presentación separada de las ofertas técnica y económica es un control del procedimiento; el acta no precisa si el contenido económico llegó a abrirse.
“el notario público actuante, la Licda. Beatriz Henríquez Ureña pudo constatar que el oferente GRUPO REMI, S.R.L., RNC, cargó el "Sobre B" (Oferta económica), en la documentación correspondiente al "Sobre A".”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 110 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Oferentes que registra (1)
1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Grupo Remi, SRLEl acta consigna que cargó el Sobre B (oferta económica) en la documentación correspondiente al Sobre A y declara desierto el procedimiento por no haber oferentes que cumplieran los requisitos para habilitarse a la apertura de la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona