El pliego de la Licitación Pública Nacional INDOTEL-CCC-LPN-2025-0011 establece la adquisición por lotes de equipos, conectividad y servicios conexos para Canasta Digital Social 3, con valor referencial total de RD$180,000,000 y ofertas económicas evaluadas por menor precio entre las que cumplan los requisitos. La versión incorpora una enmienda que amplía la vigencia contractual de 18 a 28 meses, condiciona el inicio de la prestación al pago del anticipo y añade obligaciones sobre daños a los equipos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige que el RPE incluya el código UNSPSC 81111702, descrito como diseño de comunicación por redes de área local, aunque el objeto incluye teléfonos, planes móviles y servicios conexos. Además, el pliego dice que la actividad relacionada con ese código es «preferible», mientras lo incorpora como credencial de elegibilidad; conviene revisar si el requisito está justificado y aplicado de forma inequívoca.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC diseño de comunicación por redes de área local”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El pliego afirma que la documentación financiera permite validar estabilidad para ejecutar el contrato, pero la evaluación se basa en presentar declaraciones tributarias y certificaciones de cumplimiento, sin fijar parámetros financieros mínimos para determinar solvencia. Esto deja sin definir cómo se distinguirá, con criterios objetivos, la capacidad financiera suficiente para la ejecución.
“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. En tal sentido, el Oferente/Proponente debe acreditar su capacidad financi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Vigencia del contratoExtensión del plazo contractual
Vigencia de 18 meses.
Vigencia de 28 meses, hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del contrato.
Relaja
Vigencia del contratoInicio de la prestación
No se condicionaba expresamente el inicio al pago del anticipo.
La prestación comenzará después de ejecutado el pago del anticipo al proveedor adjudicado.
Neutral
Pérdida y daño del equipo celularObligaciones ante daños no cubiertos por garantía
No se especificaba esta obligación en el texto original, según el resumen de la enmienda.
La persona beneficiaria dispone de 30 días para reparar o reemplazar el equipo; de no hacerlo, se suspende el servicio y deja de formar parte del programa.
Endurece
Presentación de ofertas en papelMemoria USB
La memoria USB era requerida, según el resumen de la enmienda.
El oferente puede incluir una memoria USB con la oferta técnica; su presentación es opcional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona