El pliego establece una Licitación Pública Nacional para el suministro e instalación de dos tomógrafos multicortes de 64 detectores, con un valor referencial de RD$102,000,000, incluidos impuestos. Fija la adjudicación por lote único al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos, y establece un plazo máximo de entrega de 15 días calendario desde la notificación de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego califica como anormalmente baja una oferta cuyo valor sea igual o inferior al 20 % del valor referencial, es decir, exige una reducción de al menos 80 % para activar ese control. El artículo 130 del Reglamento dispone que el pliego establezca el criterio y la diferencia porcentual aplicable; conviene verificar que el umbral consignado refleje el análisis de sustentabilidad que se pretende aplicar.
“Nota: Las ofertas que presenten un valor igual o menor al veinte (20%) del valor de referencia establecido para cada ítem o artículo ofertado, será considerada anormalmente baja y no sustentable, por lo que dicha oferta quedará descalificad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El pliego fija el inicio de los 15 días de entrega en la notificación de adjudicación, mientras que, según el resumen de la Enmienda No. 1 del expediente, el cómputo fue cambiado a partir de la suscripción del contrato. La diferencia modifica el plazo efectivo que deben considerar los oferentes y amerita verificar cuál texto quedó vigente y publicado como regla aplicable.
“El plazo para ta entrega det(los) bien(es) propuesto por et proveedor debe ser de un máximo de 15 días calendario, contados a partir de la notificación de adjudicación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona