El pliego del proceso RSCS-CCC-PEEX-2025-0002, fechado el 9 de septiembre de 2025, convoca una adquisición por excepción de reactivos y suministros de laboratorio para distintos equipos del Servicio Regional de Salud Cibao Sur. Establece evaluación técnica y económica por etapas y adjudicación por menor precio entre ofertas habilitadas; fija recepción de ofertas para el 11 de septiembre y adjudicación para el 23 de septiembre de 2025. El portal registra cuatro contratos por un total de RD$6,396,505, pero sus fechas registradas preceden a la adjudicación prevista en el pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego concede desde la convocatoria del 9 de septiembre hasta el 11 de septiembre a las 16:00 para presentar ofertas, aproximadamente dos días, para una adquisición que abarca múltiples equipos y numerosos artículos. En procedimientos de excepción los plazos deben ser razonables y proporcionales; corresponde verificar cómo ese tiempo permitió preparar ofertas y acreditar la distribución autorizada.
“Fecha de publicación del aviso de convocatoria | 09/09/2025 16:00 … Presentación de ofertas | 11/09/2025 16:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El cronograma fija la adjudicación para el 23 de septiembre y la suscripción para el 26; sin embargo, el portal registra los cuatro contratos como cerrados y confirmados el 22 de septiembre. Si esa fecha corresponde a la suscripción efectiva y no a un registro o actualización del portal, la secuencia requiere cotejo con las actas y contratos del expediente.
“Acto de Adjudicación | 23/09/2025 14:00 | Notificación de Adjudicación | 23/09/2025 15:00 … Suscripción del Contrato / Orden de Compra / Orden de Servicio | 26/09/2025 12:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El pliego establece un máximo de 10 días calendario en una sección y de 12 días desde la suscripción del contrato en otra. La diferencia puede afectar la preparación de ofertas, la programación de entregas y la evaluación uniforme de cumplimiento; conviene verificar cuál plazo se incorporó finalmente a los contratos.
“No debe exceder en un plazo de tiempo a 10(diez), días calendario. … EL SERVICIO REGIONAL DE SALUD CIBAO SUR solicitará que el objeto de la contratación se cumpla en un plazo no mayor a doce (12) días, contados a partir de la suscripción de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego dispone que se evaluará la estabilidad financiera y remite a documentos de un apartado de documentación financiera, pero el listado de credenciales de la oferta técnica pasa de la documentación legal a la documentación técnica sin identificar esos documentos financieros. La ambigüedad puede dificultar que los oferentes sepan qué deben presentar y cómo se verificará la capacidad financiera.
“La documentación financiera debe permitir validar que el oferente/proponente cuenta con estabilidad financiera para ejecutar satisfactoriamente el eventual contrato. … 13.2 Documentación técnica: [No subsanable]”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Las secciones sobre garantía de seriedad combinan vigencias vinculadas a la firma del contrato, la entrega de la orden de compra y períodos de 60 días con distintos puntos de inicio. Esa divergencia deja incierto el período exigible y puede incidir en la verificación homogénea de las garantías de los oferentes.
“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato … Con una vigencia mínima aceptada de sesenta (60) días, contados a partir del acto de recepción y apertura de ofertas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona