El pliego, fechado el 3 de septiembre de 2025, establece las condiciones de una subasta inversa electrónica para adquirir 10,000 botas tácticas policiales. Consigna un presupuesto del PACC de RD$55,140,000.00 y fija la recepción de ofertas para el 17 de septiembre; el portal registra un monto estimado de RD$66,168,000 y el proceso como desierto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma asigna diez minutos a la puja, mientras que otra sección del mismo pliego establece cuarenta minutos. Además, el artículo 140 del Reglamento 416-23 fija una duración mínima de quince minutos; la diferencia afecta el tiempo disponible para presentar lances.
“El día 19 septiembre de 2025. Desde las 09:30 horas hasta las 09:40 horas. La duración de la puja será de 40 minutos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 140 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 140 — De la celebración del procedimiento de subasta inversa
Artículo 140. De la celebración del procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta únicamente mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).
La regla de endeudamiento expresa que el límite es menor que 1.50, pero luego asocia «menor o igual» con «> 1.50» para cumplir y «mayor que» con «< 1.50» para no cumplir. Esa formulación contradictoria puede producir decisiones distintas al verificar la capacidad financiera.
“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El pliego indica un presupuesto PACC de RD$55,140,000.00, pero la tabla muestra 10,000 unidades y consigna RD$5,514.00 como precio unitario, total estimado y rango mínimo de mejora; el total de esas unidades a ese precio sería RD$55,140,000. El portal informa un estimado de RD$66,168,000, por lo que las bases muestran referencias económicas discrepantes que pueden afectar la evaluación inicial y la puja.
“por un monto presupuestado de Cincuenta y cinco millones ciento cuarenta mil pesos RD$55,140,000.00 … 10,0000 5,514.00 5,514.00 5,514.00 ITEM”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 143 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 143 — Apertura y evaluación de oferta económica inicial
Artículo 143. Apertura y evaluación de oferta económica inicial. El Comité de Compras y Contrataciones abrirá las ofertas económicas iniciales, las que serán evaluadas por los peritos designados, conforme con el pliego de condiciones del procedimiento, verificando que las ofertas económicas iniciales presentadas por los oferentes sean menores al presupuesto referencial de cada artículo del procedimiento. Párrafo. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones habilitará y notificará a los oferentes que hayan superado la etapa de evaluación de la oferta económica inicial y, automáticamente, el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) definirá el valor inicial de la puja o…
Oferentes que registra (4)
4 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Solutions 24/7 M&A, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación.
Mencionado
Ítem único
RD$0
Arsenal Dominicana, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación.
Mencionado
Ítem único
RD$0
Soluciones Mecanicas SM, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación.
Mencionado
Ítem único
RD$40,120,000
Comercializadora Netofa, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente; el pliego no determina su habilitación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona