Apropiación inferior al monto estimado y adjudicado
· hace 1 año
El acta consigna una apropiación de RD$49,390,798.00, mientras que el portal y el acta de adjudicación reseñada registran un monto estimado y adjudicado de RD$49,586,514.60: una diferencia de RD$195,716.60. Corresponde verificar si se emitió una apropiación suficiente antes de convocar o asumir el compromiso; el artículo 69 exige saldo suficiente para cubrir el monto total.
“Visto: El certificado de Apropiacion Presupuestaria numero CF-074-2025 de fecha diecisiete [17) de enero del ano dos mil veinticinco (2025), en donde se verifica que para este proceso existe dispuesta la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES QU”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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