La solicitud descrita no coincide con los equipos licitados
· hace 1 año
La solicitud de junio pide dos UPS y su anexo identifica equipos de 30 kVA y 6 kVA, además de seis licencias; el proceso posterior registra una UPS de 40 kVA y dos de 80 kVA. La diferencia amerita verificar cómo se vinculó la necesidad solicitada con el objeto y las cantidades licitadas; podría responder a una reformulación posterior que no se explica en este documento.
“solicitarle autorizar la compra urgente de dos (2) UPS para la Dirección de Habilitación de Establecimientos y Servicios de Salud, los cuales son vitales para garantizar la continuidad eléctrica, y así evitar pérdidas de datos. Unidad Smart”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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