Apropiación muy inferior al monto estimado del proceso
· hace 1 año
El certificado consigna RD$46,500, apenas el 2.5% del monto estimado de RD$1,860,000 que registra el portal para este proceso. La certificación precede a la convocatoria, pero la diferencia amerita verificar si existía otra apropiación presupuestaria que cubriera el monto total, pues el reglamento exige fondos suficientes antes de iniciar o convocar el procedimiento.
“Se CERTIFICA que el Presupuesto General del Estado para el año 2025, aprobado por Ley […], dispone de balance de Apropiación Presupuestaria suficiente para iniciar procesos de contratación de bienes, obras y servicios por el monto indicado…” (pág. 1)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →