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Pliego

Pliego de condiciones CP-2025-0025.pdf

Contratación de servicio de hospedaje para el personal e invitados de este Ministerio, por un periodo de doce (12) meses. Dirigido a Mipymes. · Ministerio de Interior y Policía

Publicado el 2 sept de 202535 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIP-CCC-CP-2025-0025

Lo que dice

El pliego convoca una comparación de precios dirigida a MIPYMES para contratar durante doce meses servicios de hospedaje, con presupuesto base de RD$5,000,000. Establece adjudicación al menor precio por habitación por noche y fija la recepción de ofertas hasta el 11 de septiembre de 2025; también exige, entre otros requisitos, licencias de hotel y de agencia de viajes y experiencia mínima de cinco años.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Requisito acumulado de licencias podría restringir la competencia

Documento del 2 sept 2025 · hace 1 año

El pliego exige al oferente una licencia de hotel y una licencia de operación de agencia de viajes, sin explicar por qué ambas son indispensables para prestar el servicio. La combinación puede limitar la participación de hoteles o agencias que puedan ofrecer hospedaje sin operar simultáneamente ambos tipos de establecimiento.

““Licencia de hotel, emitida por el Ministerio de Turismo vigentes.” … “Licencia de operación para agencias de viajes, emitidas por el Ministerio de Turismo vigentes.””
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Actividad del RPE pasa de preferible a requisito obligatorio

Documento del 2 sept 2025 · hace 1 año

El objeto indica que la actividad 90110000 es «preferiblemente» la correspondiente, pero la lista de credenciales exige que el RPE tenga inscrita esa misma actividad. La diferencia entre ambas formulaciones puede excluir oferentes por una clasificación registral, aunque puedan acreditar capacidad para prestar el servicio.

““por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial -Instalaciones hoteleras, alojamientos y centros de encuentros.” … “debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial -Instalaciones ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Experiencia exigida incluye cinco años y tres referencias no subsanables

Documento del 2 sept 2025 · hace 1 año

Se exige acreditar al menos cinco años de experiencia, tres certificaciones o contratos similares —incluida una referencia gubernamental— y se califica esta documentación como no subsanable. Por su incidencia en la capacidad acreditada y la posibilidad de corregir omisiones documentales, conviene revisar la proporcionalidad del requisito y su aplicación frente a la regla reglamentaria de subsanabilidad de credenciales.

““Experiencia como proveedor (SNCC.D.049) con el fin de acreditar experiencia de al menos cinco (05) años … (No Subsanable).””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

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Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de menor precio no precisa comparación entre prestaciones

Documento del 2 sept 2025 · hace 1 año

El pliego establece el menor precio por habitación por noche, aunque el objeto incluye cuatro tipos de habitaciones, alimentación y otros servicios. La regla citada no precisa cómo se agregan o comparan esos componentes para identificar la oferta más conveniente, lo que puede afectar la comparabilidad económica.

““Se adjudicará la oferta de menor precio por habitación por noche, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Plazos de pago del saldo presentan formulaciones distintas

Documento del 2 sept 2025 · hace 1 año

Para los pagos parciales se fija un máximo de sesenta días hábiles desde la remisión de las facturas y luego se indica que el pago se realizará aproximadamente dentro de cuarenta y cinco días desde su recepción. Aunque podrían describir un plazo máximo y uno estimado, la diferencia deja incierto el plazo operativo de pago previsto para los oferentes.

““Estos pagos se harán en un período no mayor de sesenta (60) días hábiles contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido.” … “El Ministerio de Interior y Policía real”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

ContextoHallazgo en documentos

Recepción conforme permite hasta cinco meses

Documento del 2 sept 2025 · hace 1 año

El pliego permite hasta cinco meses para formalizar la recepción conforme del servicio. Ese lapso puede retrasar la verificación formal de la prestación y su liquidación; el reglamento fija como referencia diez días hábiles, aunque permite que el pliego establezca un plazo distinto.

““la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo no mayor a cinco meses, a partir del día siguiente de notificado la prestación del servicio.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 185 · Reglamento 416-23, art. 186 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 185 — Recepción

Artículo 185. Recepción. Las personas designadas serán responsables de recibir los bienes, servicios y obras con carácter provisional. Los recibos firmados estarán sujetos a la conformidad de la recepción, una vez que se haya verificado que la prestación cumple con las condiciones establecidas. Párrafo I. Si se verificaran cantidades faltantes de bienes o servicios incompletos, en un plazo de cinco (5) días hábiles, se deberá intimar al proveedor y exigirle la entrega, otorgando un plazo para los fines. Párrafo II. Si se verificara que los bienes, servicios o la obra correspondiente no cumplieran con lo solicitado se procederá al rechazo de la prestación y, en un plazo de cinco (5) días…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 186 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios

Artículo 186. Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorgará dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se estableciera uno distinto. dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los objetos comprados o contratados o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego de condiciones o en el contrato. una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor podrá intimar la recepción. si la institución contratante no se pronunciara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la recepción…

Otros documentos del proceso (24)

  • Acta 0176-2025 de inicio.pdfInforme pericial · 2 sept de 2025
  • Apropiacion presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 2 sept de 2025
  • Convocatoria.pdfDocumento · 2 sept de 2025
  • Ficha tecnica.pdfPliego · 2 sept de 2025 · 2 señales
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 2 sept de 2025
  • Cuestionario Debiada Diligencia FO-CC-019).xlsxDocumento · 2 sept de 2025
  • Declaración conocimiento CEI FO-CC-10 (1).docxDocumento · 2 sept de 2025
  • Declaracion_Jurada simple (RPE-F002).docDocumento · 2 sept de 2025
  • FO-CC-15 Compromiso etico de proveedores.docxDocumento · 2 sept de 2025
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 2 sept de 2025
  • SNCC_F034_Presentación_de_Oferta.docxDocumento · 2 sept de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

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