El acta de 27 de agosto de 2025 aprueba la Enmienda II al pliego de la licitación CONANI-CCC-LPN-2025-0006. Modifica requisitos técnicos y de documentación, establece evaluación técnica de cumple/no cumple y adjudicación por ítem al mayor descuento; también prevé la posibilidad de adjudicar un ítem en riesgo de quedar desierto si se demuestra capacidad técnica y financiera, incluso mediante alianzas formales con estaciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta establece el mayor descuento porcentual como criterio de adjudicación, pero lo refiere al valor de la cantidad de galones o al monto contratado sin precisar en esta redacción una base común de comparación. Conviene verificar en el pliego y sus anexos cómo se calcula y compara el descuento entre ofertas.
“Que presente el mayor descuento en porcentaje sobre eI valor de la cantidad de galones o del monto contratado.”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el monto de experiencia acreditable exigido por carta y permite alcanzar el umbral mediante la suma de los documentos de respaldo.; Admite acreditar capacidad para asumir el ítem mediante alianzas formales con estaciones, en vez de exigir que toda esa capacidad esté directamente en el oferente..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Especificaciones técnicas generalesCobertura territorial y suministro para plantas eléctricas
La Enmienda I contemplaba al menos 20 estaciones; el acta no transcribe íntegramente la redacción anterior sobre cobertura provincial.
Exige presencia operativa en al menos el 80% de las provincias indicadas en el pliego, un listado detallado de estaciones y compromiso de suministrar gasoil en las localidades de las plantas eléctricas.
Endurece
11.1.2 Documentación técnicaCartas de referencia y montos respaldados
Según el resumen de la Enmienda I, las referencias debían respaldar al menos el 50% del valor del proceso por cada carta.
Mantiene tres cartas, pero permite que la suma de los montos respaldados por órdenes, contratos u otros documentos alcance en conjunto al menos el 50% del valor total del proceso.
RelajaQuita un control: Reduce el monto de experiencia acreditable exigido por carta y permite alcanzar el umbral mediante la suma de los documentos de respaldo.
12.1.3 Metodología de evaluación técnicaHabilitación para la etapa económica
La metodología y los criterios previos no se reproducen íntegramente en el acta.
Establece cumple/no cumple y dispone que los documentos técnicos sean habilitantes y obligatorios; solo los oferentes que los cumplan totalmente pasan a la evaluación económica.
Aclara
Criterio de adjudicaciónAdjudicación por ítem y supuestos de oferta única o riesgo de desierto
El criterio de adjudicación anterior no se transcribe íntegramente en el acta.
Adjudica por ítem al oferente que cumpla los requisitos y presente el mayor descuento; admite considerar una oferta única y permite adjudicar un ítem en riesgo de quedar desierto si se acredita capacidad técnica y financiera, incluso mediante alianzas formales con estaciones.
RelajaQuita un control: Admite acreditar capacidad para asumir el ítem mediante alianzas formales con estaciones, en vez de exigir que toda esa capacidad esté directamente en el oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona