miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

Acta de adjudicacion.pdf

Contratación del servicio de construcción de imbornales planificados en el PPM 2025 en los Polígonos I, II, III, IV. · Ayuntamiento Distrito Municipal Turístico Verón Punta Cana

Publicado el 28 ago de 2025Fechado el 29 jul de 20254 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1819540»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ayto. Verón-CCC-CP-2025-0008

Lo que dice

El acta del 30 de julio de 2025 adjudica a Constructora Rabiel, SRL la construcción de imbornales en los polígonos I, II, III y IV por RD$15,000,000. Consigna criterios de comparación que incluyen precio, condiciones, confiabilidad, experiencia y posicionamiento en el mercado. El portal registra una oferta de Grupo Inverpex por RD$14,999,699, aunque su estado figura como pendiente.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$15 millones

Adjudicación por encima de otra oferta registrada

Documento del 28 ago 2025 · hace 1 año

El acta adjudica por RD$15,000,000, mientras que el portal registra a Grupo Inverpex con RD$14,999,699, una diferencia de RD$301. El estado de esa oferta figura como pendiente y el acta no identifica su resultado técnico ni explica si fue considerada; conviene contrastar con el informe de evaluación y el reporte de lugares ocupados antes de concluir que existió una diferencia efectiva entre ofertas habilitadas.

“manera:PRIMERO: ADJUDICAR, como al efecto ADJUDICA, a la razón social como se describe a continuación:CONTRATISTAS | PRESUPUESTOS1. RAZON SOCIAL: CONSTRUCTORA RABIEL, S.R.L | RD$ 15,000.000.004”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación

Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

La decisión menciona factores de comparación sin ponderación visible

Documento del 28 ago 2025 · hace 1 año

El acta afirma que la comparación considera, además del precio, condiciones, confiabilidad, credibilidad y posicionamiento en el mercado. El pliego resumido establece adjudicación por menor precio entre ofertas conformes; debe verificarse si esos factores fueron criterios publicados y cómo se aplicaron, pues podrían incidir en la selección.

“faculta a la Comisión de Compras y Contrataciones para evaluar y comparar únicamente las ofertas que se ajustan sustancialmente al Pliego de Condiciones, bajo el criterio de mejor precio y condiciones ofertadas (en función del apego a los p”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Constructora Rabiel, SRLEl acta adjudica la contratación a esta empresa.Adjudicado—RD$15,000,000

Otros documentos del proceso (10)

  • Autorizacion.pdfActa · 9 jul de 2025
  • Requerimiento.pdfSolicitud de compra · 9 jul de 2025 · 1 señal
  • Acta de incio del proceso.pdfInforme pericial · 9 jul de 2025 · 1 señal
  • Acta de incio del proceso.pdfPliego · 9 jul de 2025
  • Pliego de condiciones estandar Obras.pdfPliego · 9 jul de 2025 · 7 señales
  • PRESUPUESTO IMBORNALES (Autoguardado).pdfDocumento · 9 jul de 2025
  • PHOTO-2025-07-10-10-23-53.jpgDocumento · 11 jul de 2025
  • Enmienda.pdfEnmienda · 15 jul de 2025 · 1 señal
  • IMG_3815 (1).pdfDocumento · 15 jul de 2025
  • Informe final del portalDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →