Clasificación del objeto no coincide claramente con la ejecución de obras
· hace 1 año
La solicitud describe la prestación como ejecución de obras, pero la clasifica bajo servicios profesionales de ingeniería y asocia los ítems a estudios de ingeniería e investigaciones de factibilidad. Conviene verificar que la clasificación y los códigos se correspondan con el alcance técnico efectivo, pues pueden incidir en la identificación del mercado y de los proveedores convocados.
“Servicios Profesionales de Ingeniería … Ejecución Fase III Programa … Recuperación del Polígonos para Edesur Dominicana”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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