El Acta núm. 0163-2025, de 2025-08-22, aprobó el informe definitivo de evaluación y adjudicó los 19 espacios de publicidad televisiva del Lote 8, por tres meses, a los oferentes incluidos en su tabla. Los montos adjudicados suman RD$8,814,600, el mismo monto preventivo consignado en el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cruce de datos del proceso identifica a un adjudicatario afectado por una prohibición vinculada a cargo público. El acta formaliza la adjudicación a los proveedores enumerados; conviene contrastar la identidad y la vigencia de la prohibición en la fecha de adjudicación.
“Aprueba el informe definitivo de evaluación técnica y recomendación de adjudicación del proceso núm. MIP-CCC-PEPB-2025-0020, correspondiente a la “Contratación de servicios de publicidad institucional en medios de comunicación (televisión),”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 14
ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…
La suma de los 19 montos adjudicados es RD$8,814,600, exactamente el monto preventivo del proceso. La coincidencia no demuestra por sí sola una irregularidad, pero merece comprobar cómo se estimó y distribuyó el presupuesto entre los espacios y si las cantidades y tarifas corresponden a necesidades documentadas.
“siendo el monto preventivo de ocho millones ochocientos catorce mil seiscientos dominicanos con 00/100 (RD$ 8, 814,600.00).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona