El Acta Núm. 169-2025, de fecha 2025-08-19, autoriza por unanimidad tramitar la adquisición del sistema de gestión de flujo y control de visitas mediante Comparación de Precios y manifiesta conformidad con el pliego. También designa a Oscar de los Santos, Elías Tavarez y Rosa Emilia de la Cruz como peritos, y reserva al Comité la posibilidad de suprimir, adicionar o sustituir peritos según las exigencias de los documentos del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra un estimado de RD$2,917,910 para una unidad, mientras que la mediana de siete ítems de referencia con la misma descripción y unidad es RD$97,200, aproximadamente 30 veces menor. El alcance o las prestaciones podrían diferir, por lo que conviene verificar comparabilidad y sustento del presupuesto; el acta identifica el objeto, pero no consigna el monto.
“para la "ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE GESTIÓN DE FLUJO Y CONTROL DE VISITAS"”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El acta aprobó la Comparación de Precios para este objeto; según los datos del portal aportados, solo figura una oferta registrada, de Signos Framework, SRL, y un contrato por RD$2,878,400. La escasa concurrencia merece verificarse, aunque este dato por sí solo no demuestra una restricción efectiva de la participación.
“se realice mediante la modalidad de Comparación de Precios”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta deja al Comité la posibilidad de suprimir, adicionar o sustituir peritos según las exigencias de los documentos del proceso, sin detallar en esta resolución cómo se documentarán esos cambios ni cómo se asegurará que quienes se incorporen mantengan las competencias requeridas. Conviene verificar si hubo cambios y su justificación en el expediente.
“El Comité de Compras y Contrataciones se reserva el derecho de suprimir. adicionar y/o sustituir peritos al equipo designado conforme se desprenda de las exigencias de los documentos del proceso_”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
NOT DE ERRORES U OMISIONES DE NAT SUBSANABLE - INF PRELIMINAR TEC-LEG-FIN MISPAS-CCC-CP-2025-0013.pdf