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Pliego

Rev. 1 Pliego Modificado Supervision 20.08.2025.pdf

Contratación de una empresa consultora para la Supervisión del Proyecto de Aprovechamiento Múltiple del Rio Camú, Presa Guaigüi y Centro Poblado, Provincia La Vega. Republica Dominicana · Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana

Publicado el 20 ago de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EGEHID-CCC-LPN-2025-0022

Lo que dice

El pliego fija las bases de la Licitación Pública Nacional EGEHID-CCC-LPN-2025-0022 para contratar servicios de consultoría y supervisión de la presa Guaigüí y el centro poblado, con monto estimado de RD$617,787,871.48. Prevé recibir las ofertas el 7 de octubre de 2025 y evaluar las propuestas con ponderación de 70 % técnica y 30 % económica. También establece requisitos de participación, evaluación y condiciones contractuales; el documento no consigna una adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión general de subsanación para documentación técnica

Documento del 20 ago 2025 · hace 1 año

El pliego declara no subsanable la documentación técnica y limita la subsanación a certificaciones de competencias profesionales. En la medida en que esto incluya documentos que acreditan credenciales o experiencia, contrasta con la regla reglamentaria de subsanabilidad de documentos de credenciales cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta; conviene verificar cómo se aplicaría a la evaluación.

“Documentación técnica: (No subsanable … Notas importantes: Solo son subsanable las certificaciones que acrediten las competencias profesionales”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Descalificación automática por el orden del análisis de costos

Documento del 20 ago 2025 · hace 1 año

El pliego prevé descalificar sin trámite si los análisis de costos no se presentan en el mismo orden de la lista de cantidades. El orden de presentación, por sí solo, podría ser una formalidad que no impide verificar los precios; la cláusula merece revisión para determinar si permite subsanar sin alterar la oferta sustancial.

“Análisis de Costos de los Precios Unitarios (No Subsanable) (con el ITBIS transparentado en la partida materiales y equipos) (Estos análisis de costos deben de corresponder a las partidas del presupuesto debe ser presentado en el mismo orde”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 21

ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Penalización técnica por proponer personal subcontratado

Documento del 20 ago 2025 · hace 1 año

El pliego permite proponer personal subcontratado, pero resta 0.5 puntos por cada perfil presentado bajo esa modalidad. Esa reducción puede afectar la puntuación técnica de empresas que utilicen personal disponible mediante subcontratación, sin que el texto citado vincule la penalización con una deficiencia demostrada en la capacidad de ejecución.

“En caso de que el oferente proponga personal subcontratado, se aplicará una penalización técnica equivalente a una reducción de 0.5 puntos por cada perfil presentado bajo esta modalidad.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 32 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 32

ART. 32. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones o en la documentación contractual, el contratista tendrá: 1) El derecho a los ajustes correspondientes de las condiciones contractuales, cuando ocurrieren acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, con relación a las condiciones existentes al momento de la presentación de propuestas, que devuelvan el equilibrio económico del contrato; 2) Ejecutar el contrato por sí, o mediante cesión o subcontratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, siempre que se obtenga la previa y expresa autorización de la administración, en…

A revisarHallazgo en documentos

Debida diligencia con carga de respuesta basada en indicios

Documento del 20 ago 2025 · hace 1 año

El pliego dispone la descalificación cuando el oferente no presenta argumentos o no demuestra la inexactitud de los indicios identificados durante la debida diligencia. La amplitud de los indicios y el estándar de respuesta podrían dar margen a decisiones discrecionales; conviene verificar que los hallazgos comunicados sean concretos y se evalúen con criterios iguales para todos.

“Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipulado, no se refiere a lo solicitado o no logra demostrar la inexactitud de los indicios identificados, quedará descalificado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Otros documentos del proceso (42)

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Sigue explorando · Dinero público

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación

Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…

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Invitación.pdf
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