La solicitud de compra núm. 0028 establece la adquisición de 60 lámparas LED tipo estadio de 300 W y 60 de 500 W, por un total estimado de RD$5,239,200, exclusivamente para MIPYMES. El plan de entrega registra una cantidad requerida de 1 unidad para el ítem 1, con necesidad inmediata, sin consignar allí una entrega para el ítem 2. El formulario no muestra fecha de emisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El proceso convocado el 20/08/2025 tiene un estimado de RD$5,239,200; según el portal, otra compra del mismo tipo de objeto fue convocada el 06/11/2025 por RD$1,791,240. En conjunto suman RD$7,030,440, por encima del umbral 2025 de RD$6,272,014.16 para licitación pública de bienes; el intervalo es menor de tres meses y el artículo 87 presume fraccionamiento para convocatorias del mismo rubro-clase, salvo que concurra una excepción aplicable.
“Total: RD$5,239,200.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 87 · Ley 340-06, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 87 — Fraccionamiento
Artículo 87. Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento, cuando en un lapso menor de tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra convocatoria dentro del mismo año presupuestario para la compra o contratación de bienes, servicios u obras pertenecientes a un mismo rubro-clase. Párrafo. No existirá fraccionamiento: 1. En aquellos procedimientos donde se divida la contratación por etapas posibles, o cuando la convocatoria se regionalice para que participen personas domiciliadas en la región, provincia o municipio, para propiciar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y la contratación de pequeños productores.…
ART. 10. La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objeto eludir los procedimientos de selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía. PÁRRAFO. Las compras y contrataciones públicas comprendidas en esta ley se desarrollarán en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley, la utilización de la tecnología informática que permita aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la…
El estimado de RD$41,300 por lámpara LED de metal tipo estadio de 300 W es aproximadamente 2.8 veces la mediana de RD$14,537.6 registrada en 23 ítems de otros procesos para el mismo producto, y supera el rango central de referencias (RD$12,937.5–RD$23,600). Son precios estimados, no pagados; conviene verificar el estudio de mercado y la comparabilidad de especificaciones.
“LAMPARAS LED DE METAL, TIPO ESTADIO, 300 W | UD | 60 | RD$41,300.00 | RD$2,478,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
La solicitud requiere 60 unidades de cada uno de dos ítems, pero el plan de entrega solo registra 1 unidad para el ítem 1 y no consigna una línea de entrega para el ítem 2. Esta diferencia dificulta contrastar el destino y la recepción de las cantidades presupuestadas.
“1 | 1 | Inmediata”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 65 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 65 — Solicitud de compra o contratación
Artículo 65. Solicitud de compra o contratación. Las unidades requirentes deberán formular sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en el plazo que para el efecto establezca a lo interno cada ente y órgano contratante. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá formalizar la solicitud de compras, la cual deberá contener el listado de los bienes, servicios y obras requeridos, junto al precio estimado.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona