Inconsistencia en la ubicación descrita para la obra
· hace 1 año
El estudio identifica el objeto como la verja de la Subestación 15 de Azua, pero en la justificación lo describe como una mejora de la infraestructura de la sede principal. El alcance y el título apuntan a la subestación, por lo que podría tratarse de texto residual; conviene confirmar que la necesidad y el sitio están correctamente identificados.
“El objetivo de este Estudio Previo es la contratación de los servicios para la "Construcción de verja perimetral en la Subestación 15 de Azua 138/69kV"", el cual será llevado a cabo por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED),”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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