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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES DE ALQUILER DE VEHICULOS-CP-0017.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALQUILER DE VEHÍCULOS DE APOYO LOGÍSTICO EN CENTROS CAIPI Y CAFI A NIVEL NACIONAL · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 18 ago de 202546 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-CP-2025-0017

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios dirigida a MIPYMES para alquilar, en lote único, vehículos de apoyo logístico a nivel nacional durante 12 meses o hasta agotar el monto contratado. El presupuesto referencial es RD$5,600,000.00 y el cronograma fija la convocatoria para el 18 de agosto de 2025 y la recepción de ofertas para el 27 de agosto de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego contradice sus reglas sobre subcontratación

Documento del 18 ago 2025 · hace 1 año

En la evaluación técnica se indica que no se permiten subcontrataciones, pero en las condiciones contractuales se permite subcontratar hasta el 50% con autorización previa y expresa. La diferencia puede generar incertidumbre sobre la elegibilidad y la ejecución del servicio y sobre qué regla deben seguir los oferentes.

“Habitual: Que la actividad principal de la empresa sea al suministro y distribución de alimentos y bebidas, condición contraria a la realización de un acto de comercio ocasional para suplir requerimientos puntales. No se permite las subcont”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 32 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 32

ART. 32. Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones o en la documentación contractual, el contratista tendrá: 1) El derecho a los ajustes correspondientes de las condiciones contractuales, cuando ocurrieren acontecimientos extraordinarios o imprevisibles, con relación a las condiciones existentes al momento de la presentación de propuestas, que devuelvan el equilibrio económico del contrato; 2) Ejecutar el contrato por sí, o mediante cesión o subcontratación hasta un cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, siempre que se obtenga la previa y expresa autorización de la administración, en…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Se exigen condiciones de capacidad para distribución de alimentos

Documento del 18 ago 2025 · hace 1 año

Aunque el objeto es el alquiler de vehículos, la evaluación exige que la actividad principal del oferente sea el suministro y distribución de alimentos y que cuente con medios para manejar, almacenar y distribuir alimentos. Esto podría excluir proveedores del servicio convocado por condiciones ajenas al objeto; conviene verificar cómo se aplicaron estos requisitos.

“Habitual: Que la actividad principal de la empresa sea al suministro y distribución de alimentos y bebidas, condición contraria a la realización de un acto de comercio ocasional para suplir requerimientos puntales. No se permite las subcont”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

La condición MIPYME podría acreditarse después de presentar la oferta

Documento del 18 ago 2025 · hace 1 año

El pliego permite que el RPE tenga los rubros requeridos y la marca MIPYME a más tardar en la fecha de subsanación. Esa redacción podría permitir acreditar la condición de participación después de ofertar; conviene verificar que cada participante ya cumplía el requisito sustantivo al presentar su oferta.

“Nota: El Registro de Proveedor del Estado (RPE) del proveedor, deberá de poseer inscritos los rubros requeridos y marcado como MIPYME, para el presente proceso de compras y contrataciones, a más tardar la fecha de subsanación establecida en”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 159 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas

Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 159 — Participación

Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego exige presentar ofertas por tres vías o soportes

Documento del 18 ago 2025 · hace 1 año

La cláusula exige presentar la oferta por el SECP, en memoria USB y en papel. El reglamento prevé la presentación electrónica por el SECP o en soporte papel, por lo que la acumulación de formatos podría añadir una carga de participación innecesaria; conviene verificar si se aplicó como requisito excluyente.

“De conformidad con el artículo 109 del Reglamento núm. 416-23 los(as) oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del SECP, Digital en una memoria USB y en formato papel ante la institución contratante en la Av.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas

Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.

Texto oficial completo

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Oferentes que registra (2)

2 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Cale Enterprise, CFAP, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; este pliego no determina su habilitación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$5,600,000
Transolucion JR, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; este pliego no determina su habilitación ni adjudicación.MencionadoLote únicoRD$5,600,000

Otros documentos del proceso (11)

  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 13 ago de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 13 ago de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores (4).docxDocumento · 13 ago de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 13 ago de 2025
  • SNCC_C024_contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 13 ago de 2025
  • ACTA DE APROBACION DE PLIEGO.pdfPliego · 14 ago de 2025
  • COMPROMISO ETICO.pdfDocumento · 14 ago de 2025
  • ACTA ADMINISTRATIVA DE INICIO.pdfInforme pericial · 14 ago de 2025 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 14 ago de 2025
  • FICHAS TECNICAS.pdfPliego · 18 ago de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE DECLARATOTIA DESIERTO CP-2025-0017.pdfActa · 12 sept de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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