El pliego establece las condiciones del proceso de excepción por exclusividad HSBG-CCC-PEEX-2025-0010 para adquirir reactivos destinados a equipos de laboratorio clínico, con adjudicación por lote único según cumplimiento técnico, disponibilidad de entrega y menor precio. Fija la convocatoria para el 18 de agosto de 2025 y la recepción y apertura de ofertas para el 22 de agosto de 2025; además, contiene reglas que ameritan revisión sobre la evaluación en etapa única, el plazo para ofertar y los requisitos de representación autorizada y disponibilidad en almacén.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige una certificación del fabricante como distribuidor autorizado, declarada no subsanable, y que el oferente tenga todos los ítems en almacén. En el portal consta una sola oferta registrada, de Farmaceutica Dalmasi (FARMADAL), SRL; corresponde verificar si los requisitos se justifican por compatibilidad o exclusividad y si hubo otros distribuidores habilitados para competir.
“Certificación de representación de distribuidor autorizado, emitida por el fabricante, con una vigencia mínima de seis (6) meses, para comercializar sus Bienes y Servicios en la Republica Dominicana. NO SUBSANABLE … El oferente deberá de”
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego establece una etapa única y programa la recepción y apertura de los Sobres A y B el mismo día. El Reglamento dispone que las ofertas económicas se abran después de evaluar y notificar los resultados técnicos; la apertura conjunta puede comprometer la separación y confidencialidad entre etapas.
“El Procedimiento de Selección aprobado por el Comité de Compras y Contrataciones del HOSPITAL SALVADOR B. GAUTIER, para llevar a cabo el presente PROCESO DE EXCEPCION POR EXCLUSIVIDAD y se realizará mediante ETAPA UNICA; ... Recepción y ape”
Reglamento 416-23, artículo 110 — División de las propuestas
Artículo 110. División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Estas ofertas deberán presentarse por separado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), el cual garantizará la encriptación de las ofertas presentadas, o en soporte papel en el lugar y fecha establecidos en el pliego de condiciones. Cuando las propuestas sean presentadas en soporte papel, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres separados y sellados para garantizar la confidencialidad.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
Entre la publicación del 18 de agosto y la recepción de ofertas del 22 de agosto hay cuatro días calendario, con consultas limitadas al 19 de agosto. Dado que el pliego exige documentación legal y financiera, disponibilidad de todos los ítems y una certificación de representación, conviene verificar si el plazo fue razonable y proporcional para permitir competencia efectiva; el Reglamento no fija aquí un mínimo específico para la excepción.
“18. Publicación llamada a participar en el Proceso de Urgencia. | 19. lunes (18) de agosto del año 2025 … y apertura de Propuestas: “Sobre A” y “Sobre B” | 25. viernes (22) de agosto del año 2025 08:00 a.m. hasta las 09:00 a.m.”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Aunque el pliego se presenta como excepción por exclusividad, una fila del cronograma denomina la convocatoria como “Proceso de Urgencia”. Puede ser un arrastre de plantilla, pero conviene aclarar qué excepción rige, pues exclusividad y urgencia tienen fundamentos y trámites distintos.
“Publicación llamada a participar en el Proceso de Urgencia.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 53 · Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Farmaceutica Dalmasi (FARMADAL), SRLEl portal registra una oferta y un contrato confirmado y enviado por RD$11,978,935; el pliego no contiene el acto de adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…