El acta FRDV-ADEN-006-2025, de 2025-08-14, aprueba la Enmienda I al pliego del proceso de subasta inversa FIDEICOMISO-CCC-SI-2025-0009. Hace subsanables las credenciales legales y la omisión de estados financieros, precisa que se adjudicará a un único oferente para ambos ítems y cambia la muestra exigida a una cubeta de cinco galones por color.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de exigir con la oferta la documentación que acredita identidad, representación y habilitación legal del oferente; entre los documentos enumerados están registros societarios, autorización del representante y RPE.; Debilita el control de contar con documentación financiera al presentar la oferta para verificar solvencia; la enmienda permite aportar lo omitido en subsanación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda eleva la muestra a una cubeta de cinco galones por color. Dado que el objeto comprende pintura amarilla y blanca, esto implica entregar diez galones por oferente, y el documento indica que las muestras no se devuelven; el costo y la cantidad exigida pueden limitar la participación y ameritan revisar su proporcionalidad.
“La muestra debe entregarse en un envase sellado y etiquetado, con una cantidad mínima especificada de 1 Cubeta de 5 galones por color. ... las mismas no serán devueltas a los oferentes.”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.1.1 a) Documentación legalCarácter subsanable de las credenciales legales
La documentación legal se clasificaba como «[No subsanable]».
La documentación legal se clasifica como «[subsanable]».
RelajaQuita un control: Debilita el control de exigir con la oferta la documentación que acredita identidad, representación y habilitación legal del oferente; entre los documentos enumerados están registros societarios, autorización del representante y RPE.
11.1.1 b) Documentación financieraOmisión de estados financieros
La nota indicaba que la omisión de los estados financieros al presentar la oferta era no subsanable.
La nota indica que la omisión de los estados financieros al presentar la oferta es subsanable.
RelajaQuita un control: Debilita el control de contar con documentación financiera al presentar la oferta para verificar solvencia; la enmienda permite aportar lo omitido en subsanación.
12.3 Criterio de adjudicaciónAdjudicación para ambos ítems
Se adjudicaba según el resultado de la subasta electrónica para cada lote y se permitía adjudicar uno o varios lotes.
El criterio se refiere a un único oferente para ambos ítems.
Aclara
11.1.2 Requisitos generales de presentación de muestrasCantidad de muestra por color
Se exigía una cantidad mínima de un cuarto de galón por un solo color.
Se exige una cubeta de cinco galones por color; las muestras quedan en custodia y no se devuelven.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…