La ficha técnica establece las condiciones para contratar espacios publicitarios exteriores para las campañas de Facturación Electrónica y Marbete 2025-2026. Identifica nueve proveedores y asigna a cada uno medios y ubicaciones; fija como fecha límite para presentar ofertas el 22 de agosto de 2025 a las 4:00 p. m., un contrato de tres meses y pagos a crédito a 60 días.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La documentación legal exige una actividad UNSPSC con los códigos 82100000 y 82101602, mientras que la tabla de evaluación menciona 8210000 y 82101603, además de describir esta última como publicidad en internet. La diferencia puede generar incertidumbre sobre qué actividad se verificará para habilitar oferentes de publicidad exterior.
“debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial Publicidad, referida en el numeral … sobre “objeto del procedimiento de selección” de este pliego … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
La ficha técnica organiza los servicios por ítem y consigna el nombre de un proveedor junto con cantidades y ubicaciones concretas. Conviene verificar en el expediente cómo se justificó la idoneidad de cada proveedor y cómo se compararon las cotizaciones, pues el alcance descrito no aparece como una especificación abierta para que distintos medios oferten ubicaciones equivalentes.
“1 Cartel, SRL 3 vallas digitales … 2 Back Light Publicidad, SRL”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 60 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Reglamento 416-23, artículo 60 — Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social
Artículo 60. Procedimiento de excepción para la contratación de publicidad a través de los medios de comunicación social. Se utilizará este procedimiento de excepción cuando sea necesario contratar, directamente y sin intermediarios un medio de comunicación social para colocar publicidad que tenga sentido misional u oficial, y que vaya dirigida a informar sobre derechos de las personas, un servicio público o brindar transparencia y difusión a planes y proyectos institucionales. Para este procedimiento la información documental, auditiva o visual debe estar creada y lista para su transmisión o publicación mediante el medio de comunicación. Párrafo. Este procedimiento será por selección…
La ficha establece una vigencia contractual de tres meses y una garantía también de tres meses, pero describe prestaciones de 3.3 meses, 3 meses y 11 días y una ubicación de Cartel desde el 15 de agosto de 2025 hasta el 31 de enero de 2026. La discrepancia amerita verificar que el contrato y la garantía cubran el período completo de las prestaciones y su liquidación.
“La vigencia de este contrato será por período de tres (3) meses, al menos que, por causas probadas, el servicio no resulte satisfactorio para la DGII y esta, de manera unilateral, resuelva dar por terminado el mismo, de conformidad con lo”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Oferentes que registra (9)
9 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Cartel, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 1, con tres vallas digitales y ubicaciones especificadas; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 1
—
Back Light Publicidad, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 2, con vallas y pantallas LED en las ubicaciones especificadas; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 2
—
JCDecaux Dominicana, SASFigura como proveedor asociado al ítem 3, con vallas digitales y una valla de gran formato; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 3
—
Billboard Digital Media, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 4, con dos pantallas digitales; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 4
—
Sign Master, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 5, con cuatro pantallas digitales; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 5
—
Mira Media Network, S.A.S.Figura como proveedor asociado al ítem 6, con pantallas digitales; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 6
—
Captiva Print, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 7, con pantallas digitales y mupis; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 7
—
Vozz Media Network, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 8, con pantallas y una valla LED; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Mencionado
Ítem 8
—
Mobile Money Access, SRLFigura como proveedor asociado al ítem 9, con cuñas en una valla digital; el documento no establece que haya sido adjudicado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona