El Acta núm. 134/2025, de 2025-08-12, adjudica a Supli Fast Investment, SRL, el lote completo de materiales P.O.P. e impresiones por RD$12,336,133.00, impuestos incluidos. Registra que solo una oferta económica inicial fue habilitada y que, por ello, no se realizó la puja electrónica; el acta señala que el monto adjudicado es inferior al presupuesto referencial.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Suplifast Investments, SRL, RD$12,336,133, mientras que el portal registra para Supli Fast Investment, SRL, una oferta de RD$0 con estado «Cargada / Pendiente» y un contrato por RD$12,336,133. La diferencia entre la oferta registrada y la adjudicación requiere verificar el registro de la oferta económica y la trazabilidad de los datos publicados; los nombres y el monto del contrato son consistentes con la adjudicación.
“ADJUDICAR el lote completo del procedimiento para la adquisición de materiales P.O.P. para la celebración de la X Cumbre de las Américas al oferente SUPLIFAST INVESTMENTS, SRL., la suma única y total de DOCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y S”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 33 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 33 — Responsabilidad de la información gestionada en el SECP
Artículo 33. Responsabilidad de la información gestionada en el SECP. Las instituciones contratantes y los oferentes, como usuarios del SECP serán los responsables de la calidad, actualización y autenticidad de la información que publiquen en dicho sistema. En consecuencia, la Dirección General de Contrataciones Públicas no es responsable de la naturaleza y el contenido de la información generada por los usuarios y su responsabilidad se limita a mantener la integridad, inalterabilidad, fidelidad, disponibilidad y conservación de los documentos electrónicos, por lo que el contenido de los documentos consolidados en soporte digital y generados por los usuarios, y las acciones derivadas del…
El acta consigna que solo hubo una oferta económica habilitada y que no se realizó la puja; adjudica RD$12,336,133, alrededor del 99.81 % del presupuesto referencial de RD$12,359,850 registrado en el portal. El art. 145, párrafo I, del Reglamento permite adjudicar directamente si solo existe un oferente conectado con oferta inicial, pero la falta de competencia efectiva y la cercanía al referencial ameritan revisar la evaluación técnica y la determinación del precio.
“Que, debido a que sólo hubo una oferta habilitada para apertura de oferta económica, no fue necesario realizar la puja electrónica para la "Adquisición de materiales P.O.P. e impresiones para la”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 145 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Supli Fast Investment, SRLAdjudicado por ser el único oferente habilitado para la oferta económica inicial y porque su monto no igualaba ni superaba el presupuesto referencial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona