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Abriendo la ficha…

Pliego · Acta 136/2025

ACTO ADM. 136-2025 MINERD-CCC-PEOR-2025-0002.pdf

Contratación de consultor para la coordinación de los trabajos gerenciales del transporte estudiantil (TRAE). · Ministerio de Educación

Publicado el 11 ago de 2025Fechado el 28 jul de 202510 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEOR-2025-0002

Lo que dice

El Acto Administrativo núm. 136/2025, de 29 de julio de 2025, aprueba el pliego estándar y el lanzamiento del proceso MINERD-CCC-PEOR-2025-0002 mediante selección directa por excepción para contratar un consultor para la coordinación gerencial del TRAE. También designa tres peritos y ordena publicar la convocatoria y el acta en el portal institucional y en el SECP. El acto identifica a Onéximo González como candidato propuesto, pero no adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

Justificación de selección directa basada en valoración individual

Documento del 11 ago 2025 · hace 1 año

El acto sustenta la selección directa en la trayectoria del candidato y en una entrevista que permitió validar su perfil, experiencia y actitud. Conviene verificar que el expediente fundamente objetivamente por qué sus capacidades son únicas o más idóneas frente a alternativas posibles, requisito relevante para esta modalidad; el acto no consigna una comparación de alternativas.

“Se ha verificado al detalle el perfil profesional de del Ing. Oneximo Gonzalez y se ha realizado la entrevista personal como forma de medir y conocer de primera mano su experiencia, su dinámica de trabajo, algo de sus expectativas respecto ” (pág. 7, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 58 · Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa

Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos

Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa

Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Onéximo GonzálezIdentificado en el requerimiento y en el informe de justificación como consultor propuesto y candidato idóneo; este acto no consigna adjudicación.Mencionado——

Otros documentos del proceso (11)

  • ACTO ADM. 136-2025 MINERD-CCC-PEOR-2025-0002.pdfInforme pericial · 11 ago de 2025
  • Informe Justivicativo.pdfInforme justificativo · 11 ago de 2025
  • Req. VAF 218 2025.pdfDocumento · 11 ago de 2025
  • RESOLUCION CCC-0135-2025 MINERD-CCC-PEOR-2025-0002.pdfResolución · 11 ago de 2025
  • Solicitud de Compra.pdfSolicitud de compra · 11 ago de 2025 · 1 señal
  • TDRs Ficha Tec..pdfPliego · 11 ago de 2025 · 1 señal
  • Doc. Base.pdfPliego · 11 ago de 2025
  • ACTO ADM. 136-2025 MINERD-CCC-PEOR-2025-0002.pdfPliego · 11 ago de 2025
  • Acta de adjudicaciòn.pdfActa de adjudicación · 14 ago de 2025
  • ACTA NÚM. 84-1 CANCELACIÓN PEOR-2025-0002.pdfActa · 8 sept de 2025 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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