El estudio previo justifica la adquisición de tres bancos de capacitores de 10 MVAr y tres de 20 MVAr, con un costo estimado total de RD$117,567,061.80, impuestos incluidos. Establece pagos de 20 % de anticipo y 80 % contra entrega aprobada, y expone beneficios esperados para la eficiencia y estabilidad de la red. También propone limitar la presentación de ofertas a empresas autorizadas por el fabricante y define consecuencias para ciertos incumplimientos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio establece que solo esas empresas podrán ofertar, lo que restringe la participación a proveedores autorizados por el fabricante. Aunque invoca seguridad y certificaciones, esa condición puede reducir la competencia y amerita verificar su necesidad y proporcionalidad para los bienes requeridos.
“Para garantizar que los insumas cumplan con la seguridad y certificaciones del fabricante en este proceso deben presentar ofertas solo las empresas autorizadas por el fabricante.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El estudio prevé impedir al suplidor participar en otros procesos hasta que entregue correctamente el bien ante un retraso no notificado. La restricción se extiende a otros procedimientos y el documento no precisa un mecanismo de revisión, por lo que conviene verificar cómo se aplicaría y cómo se preservaría la participación en igualdad de condiciones.
“Retraso no notificado en la entrega pendiente del bien solicitado no se le permitirá al suplidor participar en otros procesos de compras hasta que no entregue correctamente lo solicitado”
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Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El estudio califica como incumplimiento gravísimo que varias ofertas tengan el mismo representante y prevé sanciones. La identidad del representante, por sí sola, no demuestra que las ofertas restrinjan la competencia; conviene comprobar que una eventual decisión considere las circunstancias y la conducta concreta de cada oferente.
“Presentar varias ofertas cuyo representante de esas empresas sea la misma persona, esto conllevará a sanciones disciplinaria, porque esta acción viola los principios éticos de libre competencia.”
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Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona