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Abriendo la ficha…

Pliego

Ficha técnica.pdf

Adquisición de kits de alimentación complementaria para pacientes de tuberculosis en colaboración con el Ministerio de Salud Pública, dirigido a mipymes · Programa Supérate

Publicado el 13 ago de 2025Fechado el 14 jul de 20258 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PS-CCC-CP-2025-0007

Lo que dice

La ficha técnica, fechada el 15 de julio de 2025, establece requisitos para kits de alimentación destinados a pacientes de tuberculosis: 585 kits para el Lote 1 y 397 para el Lote 2. Fija una muestra física no subsanable, entrega en un máximo de siete días y crédito de 60 días; dispone que, como regla, cada oferente reciba un solo lote y describe cómo ordenar las ofertas para adjudicarlo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

El orden global de precios puede no seleccionar la mejor oferta por lote

Documento del 13 ago 2025 · hace 1 año

La ficha ordena a los oferentes según el menor monto ofertado y luego adjudica al primero el lote de mayor tamaño entre aquellos en que ofertó. Como los lotes tienen cantidades distintas, este orden global no compara necesariamente los precios de cada lote y podría adjudicar un lote a quien no presentó la oferta más conveniente para ese lote.

“Los oferentes calificados serán ordenados según reporte de lugares ocupados por el menor monto ofertado. Se iniciará con el oferente que obtuvo el primer lugar y se le adjudicará el lote mayor de aquellos en los cuales ha realizado oferta.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

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A revisarHallazgo en documentos

El crédito de 60 días puede trasladar financiación a las MIPYMES

Documento del 13 ago 2025 · hace 1 año

La ficha exige que el proveedor otorgue crédito de 60 días desde la factura, pero no articula esa condición con el anticipo del 20 % previsto para adjudicaciones a MIPYMES. Conviene verificar cómo se aplicaría el anticipo obligatorio junto con el plazo de pago fijado.

“La condición de pago, el oferente deberá otorgar un crédito de 60 días luego de emitida la factura, para la facturación el proveedor debe emitir una factura por los bienes/ servicios entregados con su recibido conforme,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 155 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 155 — De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES

Artículo 155. De la adquisición de bienes y servicios a MIPYMES. Los entes u órganos contratantes fomentarán que en los procedimientos dirigidos exclusivamente a MIPYMES, los bienes y servicios a adquirir serán de origen, manufactura o producción industrial. El pliego de condiciones indicará de manera detallada la referencia y especificaciones de los bienes y servicios. Párrafo: Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) podrán participar en los procedimientos ordinarios libremente y en cualquiera de las modalidades de selección recibirán por concepto de anticipo el veinte por ciento (20 %) del valor de contrato u orden de compra o de servicio adjudicada, además de aplicarle una…

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Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de embalaje muy específicos y potencialmente restrictivos

Documento del 13 ago 2025 · hace 1 año

Se exige una caja transparente e impermeable incluso al paso del aire, además de un sticker institucional de dimensiones exactas. Son condiciones concretas de embalaje cuya necesidad técnica y proporcionalidad conviene verificar, pues pueden limitar las alternativas disponibles para suministrar las cajas.

“El empaque deberá ser cajas transparentes; que las mismas sean resistentes, en el sentido de que soporten la cantidad y el peso de los insumos requeridos, que sean impermeables, es decir, que no le traspase líquido ni aire.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

ContextoHallazgo en documentos

Plazo de entrega de siete días para kits armados

Documento del 13 ago 2025 · hace 1 año

La entrega de 982 kits completos se fija en un máximo de siete días desde la certificación del contrato. Por la cantidad de insumos y el armado requerido, el plazo podría favorecer a proveedores con inventario y capacidad de preparación inmediata; conviene contrastarlo con el mercado y la razonabilidad para MIPYMES.

“El bien debe ser entregado en un plazo de tiempo no mayor a 7 días luego de la certificación de contrato en coordinación con el personal de Unidad de Adultos Mayores y Prevención en Salud y el Departamento de Compras,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 158 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 158 — Razonabilidad de las condiciones exigidas

Artículo 158. Razonabilidad de las condiciones exigidas. Se respetará como principio general que los plazos y requisitos para la presentación de ofertas, entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, serán razonables de acuerdo con la capacidad de respuesta del sector, de manera tal que no se constituyan en una barrera que impidan o limiten su participación.

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Otros documentos del proceso (26)

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  • Dictamen Jurídico.pdfDictamen · 13 ago de 2025
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 13 ago de 2025 · 1 señal
  • Acto de inicio.pdfPliego · 13 ago de 2025 · 1 señal
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Informe pericial · 13 ago de 2025
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