El cronograma permite adendas con solo dos días hábiles antes de ofertar
· hace 1 año
La circular fija el 13 de agosto como fecha límite para respuestas y adendas, y el 18 de agosto para recibir ofertas: quedan dos días hábiles completos entre ambas fechas. Si se emitieran entonces cambios sustantivos, ese margen podría ser insuficiente para ajustar las ofertas; el cronograma por sí solo no acredita que se haya emitido una adenda sustantiva en esa fecha.
“3. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC. | 13/08/2025 18:00 p.m. | 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica). | 18/8/2025 13:00 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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