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Pliego

PLIEGO DE COND. BUSTIB..pdf

Adquisición de Combustibles a-granel (Gasolina y Gasoil) y tickets pre-pagados, para ser utilizados en los diferentes vehículos al servicio del Cuerpo de Seguridad Presidencial y en los múltiples viaj… · Cuerpo de Seguridad Presidencial

Publicado el 11 ago de 202539 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CUSEP-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

El pliego de agosto de 2025 convoca una licitación pública nacional, en un único lote, para comprar gasolina y gasoil a granel y tickets prepagados durante un período indicado como noviembre de 2025 a noviembre de 2026, con presupuesto estimado de RD$53,962,945.90. Establece evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple y exige, entre otros requisitos, experiencia de cinco años, logística de alcance nacional y certificaciones específicas. También combina la exigencia de que la oferta sea igual al monto estimado con la evaluación del mayor porcentaje de descuento como menor precio, sin precisar cómo se aplica ese descuento.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$54 millones

Requisitos acumulados de capacidad y cobertura nacional

Documento del 11 ago 2025 · hace 1 año

Para un suministro de combustible de un año, el pliego exige como habilitantes experiencia mínima de cinco años y estaciones autorizadas en todas las provincias, además de capacidad logística nacional. La combinación puede restringir la participación; conviene verificar su proporcionalidad respecto de las cantidades y necesidades del contrato.

“Resumen de Experiencia de la empresa en el suministro de combustibles (Gasolina y Gasoil) (Experiencia de cinco (05) años mínimos) (SNCC.D.049). … El Oferente/Proponente, en su oferta deberá suministrar, información de las Estaciones Autori”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentosRD$54 millones

Reglas económicas combinan precio igual al estimado y descuento

Documento del 11 ago 2025 · hace 1 año

El pliego pide que el monto de la oferta sea igual al estimado y, a la vez, que se identifique un descuento y se considere más conveniente el mayor porcentaje. No precisa la base ni el efecto del descuento sobre el monto ofertado, lo que puede afectar la comparabilidad y la determinación del precio evaluado.

“Este formulario debe contener el monto de la oferta, el cual debe ser igual al monto estimado de la contratación. De igual forma, debe establecer el porcentaje de descuento ofertado por el proveedor. … Ser la oferta que presenta el mayor po”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Prohibición amplia a empresas con accionistas coincidentes

Documento del 11 ago 2025 · hace 1 año

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en cualquier socio o accionista, aunque presenten ofertas separadas y no conste que formen un consorcio. La prohibición puede excluir competidores por una vinculación societaria, más allá de la regla legal sobre integrantes de ofertas conjuntas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

A revisarHallazgo en documentos

Certificación de calidad de un emisor específico y certificación ambiental indefinida

Documento del 11 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige como habilitante una certificación de garantía emitida por REFIDOMSA y certificaciones de responsabilidad social y cuidado ambiental, sin describir en este requisito alternativas equivalentes ni el contenido o estándar verificable de estas últimas. Corresponde revisar la disponibilidad de esos documentos para los oferentes y su vinculación con el objeto.

“Certificación de Garantía de los combustibles ofertados emitida por la Refinería Dominicana de Petróleo (REFIDOMSA PDV) indicando que cumplen con las especificaciones nacionales establecidas según el Instituto Dominicano para la Calidad (IN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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