Publicado el 8 ago de 2025Fechado el 7 ago de 20255 páginasEn el mensaje «Acto de Aprpobacion de Informe de evaluacion de oferta economica y adjudicacion.»
El Acta núm. 004, de 2025-08-08, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica a Jardín Ilusiones, S.R.L. el ítem 1 del proceso DGCP-CCC-CP-2025-0003 por RD$3,304,000. También registra que el CEICP solicitó desestimar el ítem 2 porque los fondos planificados no cubrían el precio ofertado, pero las resoluciones transcritas no incluyen una decisión expresa sobre ese ítem.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (9 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica a Jardín Ilusiones un servicio de cáterin. Según la consulta DGII del contexto, realizada el 2026-10-07, su actividad registrada es venta al por mayor de flores y plantas; ese dato posterior al proceso no acredita cuál era su actividad en 2025, pero conviene verificar su capacidad y objeto social aplicables al momento de la contratación.
“SEGUNDO: ADJUDICAR el presente procedimiento de contratación por comparación de precios de referencia núm. DGCP-CCC-CP-2025-0003, para “Contratación de servicio de catering y espacio para el Foro de Contratación Pública: Transformando la Co”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
El acta consigna la solicitud del CEICP de desestimar el ítem 2 por insuficiencia de fondos y aprueba el informe de evaluación económica que lo recomienda (anexo y parte integral del acta), pero sus resolutivos no contienen una decisión expresa sobre ese ítem. Es una observación de forma, sin efecto demostrado en la adjudicación del ítem 1 ni en el monto contratado.
“Que en fecha siete (07) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), el Centro de Estudios e Investigación en Contrataciones Públicas (CEICP) de esta Dirección General solicito la desestimación el Item #2, correspondiente al procedimiento ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Reglamento 416-23, art. 13 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona