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Abriendo la ficha…

Pliego

7-Pliego_de_Condiciones_PEPU-2025-Licencias_Rev._Vruiz_2_revisado_1_.pdf

Adquisición de licencias y Renovación para uso de este Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA). · Ministerio de Medio Ambiente

Publicado el 7 ago de 202521 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIMARENA-CCC-PEPU-2025-0009

Lo que dice

El pliego de agosto de 2025 establece la adquisición y renovación de 17 ítems de licencias y servicios conexos, mediante excepción por proveedor único, con un valor referencial de RD$41,447,478.27. Distribuye anticipadamente los ítems entre cinco proveedores y fija, entre otras condiciones, una entrega de 15 días, aunque el plazo aparece expresado alternativamente en días hábiles y calendario.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego asigna ítems a proveedores antes de evaluar ofertas

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

El pliego identifica cinco proveedores y les reserva grupos específicos de ítems, además de precisar marcas y productos. Aunque la excepción por proveedor único puede corresponder a licencias propietarias, esta preasignación merece verificarse frente a la justificación de unicidad de cada producto y al alcance real de la competencia.

“Proveedor: Integraciones Tecnológicas M&A, SRL Ítems: 1- Adquisición de licencia de ManageEngine Endpoint Central … Proveedor: CECOMSA Ítems: 4- Adquisición de licencia de Microsoft O365 E3”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 50 · Reglamento 416-23, art. 57 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa

Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

El plazo de entrega aparece en días hábiles y calendario

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige una entrega de quince días hábiles para la oferta y, en otra sección, quince días calendario desde la certificación del contrato. La diferencia puede alterar el compromiso exigible y la comparación de ofertas, por lo que conviene determinar cuál plazo rige.

“Carta compromiso de tiempo de entrega en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles partir de recibida la Certificación del Contrato. El proveedor adjudicado debe realizar la entrega un plazo de quince (15) días calendario a partir de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Umbral de precio bajo con posible descalificación

Documento del 7 ago 2025 · hace 1 año

El pliego califica como no sustentable la oferta que quede más de 10 % por debajo del valor referencial del ítem o del presupuesto general y prevé que pueda descalificarse. El artículo 130 del Reglamento requiere, antes de decidirlo, solicitar explicaciones al oferente y analizar la información; conviene comprobar que el umbral no opere como descalificación automática.

“Si el precio de la oferta es inferior en más de un 10% en relación con el presupuesto base o valor referencial del ITEM o ítem, o del presupuesto general si es un único ITEM, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente b”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Oferentes que registra (5)

5 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Integraciones Tecnológicas M&A, SRLEl pliego le asigna los ítems 1-3, de licencias ManageEngine.MencionadoÍtems 1-3—
CECOMSA, SRLEl pliego le asigna los ítems 4-10, de licencias Microsoft y Azure.MencionadoÍtems 4-10—
Inversiones Express, SRLEl pliego la identifica como «Inversiones Xpress» y le asigna el ítem 11, licencia Presto.MencionadoÍtem 11—
PZU Consulting, SRLEl pliego le asigna el ítem 12, renovación de soporte Ulticabinet.MencionadoÍtem 12—
Geomática y Tecnología GMT, SRLEl pliego la identifica como «GEOMATIC» y le asigna los ítems 13-17, de licencias y mantenimiento ArcGIS.MencionadoÍtems 13-17—

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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