La Resolución núm. CCC-2025-065, emitida el 5 de agosto de 2025, aprueba la comparación de precios para contratar personal de limpieza para la Feria Internacional del Libro de Santo Domingo 2025, con presupuesto de RD$3,500,000. Designa tres peritos técnicos, uno legal y uno económico, aprueba el pliego y sus anexos y ordena convocar y publicar la resolución. El monto y la modalidad coinciden con el umbral de comparación de precios para servicios de 2025 citado en el documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (10 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El presupuesto de RD$3,500,000 es aproximadamente 12 veces la mediana de RD$286,743.26 observada en 59 ítems de referencia con la misma denominación y unidad registrada. Las diferencias en duración del servicio, cantidad de personal o alcance pueden explicar la brecha; conviene contrastar que las referencias sean comparables y que el presupuesto refleje el alcance requerido.
“CONSIDERANDO: Que el monto presupuestado para llevar a cabo la contratación objeto de la presente resolución asciende a la suma de tres millones quinientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$3,500,000.00), para lo cual este ministerio cue”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
El acto define la contratación como un servicio de personal de limpieza. Según el portal, el contrato se registró a nombre de Equipos Consejería y Soluciones Empresariales Muñoz Núñez SRL; los datos consultados en 2026 muestran rubros RPE de bienes y actividad DGII de venta mayorista de máquinas y equipos de oficina. Estos datos posteriores no establecen su situación al ofertar, pero justifican verificar las credenciales y la capacidad específicas consideradas en la evaluación.
“PRIMERO: APROBAR la realización del procedimiento por Comparación de Precios para la _.V "contratación de una empresa especializada en personal de limpieza para asistencia en la Feria Internacional del L/ ) Libro de Santo Domingo 2025".”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona