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Abriendo la ficha…

Enmienda

Estudio previo.pdf

Solicitud de adquisición de licenciamiento True Up para productos Microsoft del MEM · Ministerio de Energía y Minas

Publicado el 5 ago de 2025Fechado el 24 jun de 20255 páginasEn el mensaje «Enmienda»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MEM-CCC-PEPU-2025-0014

Lo que dice

El estudio previo, fechado el 25 de junio de 2025, estima en RD$22,782,764.97 la adquisición de licencias Microsoft True Up y señala una vigencia de un año. Identifica a SoftwareOne como proveedor único y refiere una contratación anterior por dos años; sin embargo, también describe en sus fundamentos un procedimiento de subasta inversa, distinto de la excepción por proveedor único.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$22.8 millones

Diferencia entre la duración indicada en antecedentes y la adquisición

Documento del 5 ago 2025 · hace 1 año

El estudio afirma que se decidió continuar con el proveedor para un siguiente ciclo de dos años, pero en la descripción de la adquisición indica una vigencia de un año. La divergencia puede afectar la delimitación de las prestaciones y la comparabilidad del presupuesto estimado; conviene verificar el plazo previsto en los documentos definitivos.

“Dado que SOFTWAREONE SW1 DOMINICAN REPUBLIC, SRL. fue seleccionada por cumplir con los criterios establecidos y por ofrecer las mejores condiciones en el proceso anterior, se ha decidido que para el siguiente ciclo de dos ahos se continuara” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

El estudio fundamenta la excepción con una descripción de subasta inversa

Documento del 5 ago 2025 · hace 1 año

Aunque el estudio identifica el proceso como una excepción por proveedor único, atribuye al artículo 43 una descripción de puja electrónica propia de la subasta inversa. La inconsistencia entre el procedimiento indicado y el fundamento citado amerita comprobar cuál modalidad y reglas se incorporaron efectivamente a los documentos del proceso.

“Procedimiento de excepcidn por proveedor unico … En virtud de Io establecido en el Reglamento … de la Ley Num. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, Articulo 43”. Este procedimiento podra” (págs. 3-5)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 43 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa

Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Texto oficial completo

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
SOFTWAREONE SW1 DOMINICAN REPUBLIC, SRLEl estudio la identifica como proveedor único y menciona que fue seleccionada en el proceso anterior; este documento no consigna una adjudicación actual.Mencionado——

Otros documentos del proceso (22)

  • Permiso OG.pdfDocumento · 31 jul de 2025
  • Desg Peritos.pdfInforme pericial · 31 jul de 2025
  • Acta de Inicio.pdfPliego · 31 jul de 2025
  • Carta PU.pdfDocumento · 31 jul de 2025
  • Codigo de pautas etica e integridad.pdfDocumento · 31 jul de 2025
  • Compromiso ético de proveedores.docxDocumento · 31 jul de 2025
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS.docDocumento · 31 jul de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia.docxDebida diligencia · 31 jul de 2025
  • Informe Justificativo.pdfInforme justificativo · 31 jul de 2025 · 2 señales
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 1 ago de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 1 ago de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (7).docx

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Documento · 1 ago de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 1 ago de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes (23).docxContrato · 1 ago de 2025
  • Pliego Final.pdfPliego · 1 ago de 2025 · 2 señales
  • Desg Peritos.pdfInforme pericial · 1 ago de 2025
  • Enmienda.pdfEnmienda · 5 ago de 2025
  • ACT ADJ.pdfDocumento · 28 ago de 2025
  • ACT ADJ.pdfDocumento · —
  • Contrato.pdfContrato · —
  • CUOTA.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —