El pliego del proceso EDESUR-CCC-LPN-2025-0037 establece la contratación del servicio de chatbot por 12 meses, con vigencia contractual de 15 meses y presupuesto a agotar de RD$15,000,000. Fija una adjudicación general a un solo oferente, seleccionando el menor precio por interacción entre las ofertas técnicamente habilitadas; el cronograma indica recepción de ofertas hasta el 14 de agosto de 2025 y adjudicación el 7 de octubre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego impide que una persona física participe también como socia de una persona jurídica y establece restricciones adicionales para participantes con socios coincidentes. La regla puede excluir ofertas de personas o empresas con vínculos societarios sin delimitar en este texto el alcance de la restricción; conviene verificar cómo se aplicó y su efecto en la participación.
“No se permitirá la múltiple participación, por lo que, una persona física no podrá participar en dicha calidad, si también fuese socio de una persona jurídica y viceversa. En ese sentido, para el procedimiento convocado, quienes posean esta”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…
El pliego admite la presentación electrónica, pero también indica que los documentos de la oferta técnica deben entregarse impresos y encuadernados. La contradicción puede generar incertidumbre sobre si se exige una entrega física adicional a quienes ofertan por el SECP y afectar la igualdad de participación.
“De conformidad con el artículo 109 del Decreto Núm. 416-23, los Oferentes deberán presentar sus Propuestas de manera electrónica, través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en físico (soporte papel), en sobres cerrad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Oferentes que registra (5)
4 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Sergio Guzmán Softwares, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; este pliego no informa su evaluación.
Mencionado
—
RD$0
Unisoft, SRLEl portal registra un contrato por RD$15,000,000 y una oferta cargada/pendiente por RD$11,160,000. El pliego define RD$15,000,000 como presupuesto a agotar según las interacciones realizadas y facturadas.
Adjudicado
—
RD$11,160,000
FGJ Multimedios, SRLOferta registrada en el portal como cargada/pendiente; este pliego no informa su evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona